
¿A qué afecta?
El subcontratista debe utilizar la factura electrónica en su relación con un contratista principal siempre que el importe de la factura exceda de 5.000 Euros.
¿A quién afecta?
A los subcontratistas que trabajen con un contratista principal.
¿Cómo afecta?
- Se amplía de esta manera los obligados a presentar factura electrónica.
- Los subcontratistas deberán presentar a su contratista principal factura electrónica siempre que el importe de la factura sea superior a 5.000 Euros, aunque, dicho importe se puede modificar mediante aprobación de Orden.
- El subcontratista debe presentar estas facturas electrónicas al contratista principal a través del nuevo Registro Electrónico Unificado.
- Este Registro Electrónico Unificado deberá estar disponible antes del 30/06/2018.
- No es obligatorio utilizar el Registro Electrónico Unificado si no se está en la casuística del primer punto.
¿Cuándo afecta?
En vigor el 1 de julio de 2018.
Más información en: https://www.boe.es/buscar/pdf/2017/BOE-A-2017-12902-consolidado.pdf
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.