Los diferentes cambios normativos que se han ido produciendo en relación a la gestión de los impuestos y el compromiso de Agencia Tributaria de reducir las cargas administrativas indirectas que se deriven del cumplimiento de las obligaciones fiscales
ha provocado que Hacienda haya preparado unos nuevos modelos tributarios.
Dichos cambios afectan al
modelo 303, de declaración del IVA, a los
modelos 036 y 037 de comunicaciones censales y a la declaración informativa del
modelo 340.
El nuevo modelo 303
En su momento ya se instauró el modelo 303 para la
autoliquidación del IVA y que venía a agrupar y sustituir a los modelos 300, 320, 330 y 332. Con la misma idea de simplificar la gestión de este impuesto se modificará el modelo 303 para incluir en el mismo
todos los supuestos de liquidación de éste, excepto los relacionados con los grupos empresariales.
Por ello el nuevo modelo servirá también para la presentación de las liquidaciones periódicas del Impuesto sobre el Valor Añadido que hasta ahora se venían realizando a través de los
modelos 310 y 311 (módulos) y los modelos 370 y 371.
También se incluirán en el nuevo modelo una serie de
casillas adicionales que permitirán declarar de forma desglosada las operaciones de modificación de bases imponibles, adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios, así como otras operaciones en las que se produzca la inversión del sujeto pasivo distintas de las adquisiciones intracomunitarias de servicios.
Se incorporan adicionalmente dos nuevas casillas que permitirán optar o revocar, en la última declaración-liquidación del ejercicio, la aplicación de la
prorrata especial y otras dos casillas que identifican la modalidad de autoliquidación, preconcursal o postconcursal, en el caso de que el sujeto pasivo
hubiera sido declarado en concurso durante el periodo de liquidación
El nuevo modelo 303 habrá de presentarse
por vía electrónica a través de Internet o bien mediante papel impreso generado exclusivamente en la Sede Electrónica de la página web de la AEAT.
Los nuevos modelos censales
También se modifican los
modelos censales (036 y 037) para la comunicación del alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
En este caso la modificación afecta a la comunicación de las operaciones de
comercio intracomunitario y a la notificación de la inclusión, renuncia, revocación de la renuncia o exclusión del régimen especial del
criterio de caja del IVA.
Cambios en el 340
Los cambios derivados del criterio de caja del IVA obligan también a modificar la declaración informativa del
modelo 340.
Los cambios suponen que el modelo permita la identificación de las fecha de cobro y pago de las facturas, así como la determinación de los importes cobrados o pagados y la identificación de los medios de cobro o pago utilizados para todos los obligados tributarios que estén involucrados en
operaciones en las que se utilice el criterio de caja.