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Impuestos directos vs indirectos: ¿Cuál es la diferencia?

Sage

Solo hay dos certezas en la vida, la muerte y pagar impuestos, dijo Benjamin Franklin. Pero una cosa es pagar impuestos y otra que existan tantos impuestos, directos o indirectos, que para su conocimiento se requieran años de estudio.

  • Te explicamos qué son los impuestos directos e indirectos y cuáles son los principales impuestos de cada tipología.
  • Conoce las diferencias entre impuestos directos e indirectos.

Los españoles destinan a pagar impuestos en torno al 40% del sueldo. Pagamos impuestos a todas horas, desde que encendemos la luz, hasta cuando abrimos el grifo del agua.

Impuestos directos vs impuestos indirectos

La tributación directa es más visible, a nadie se le escapa que hay que hacer la declaración de la renta. Pero la tributación indirecta es como un impuesto invisible que pagamos cada vez que compramos algo sujeto a IVA, o disfrutamos de servicios básicos como la luz y el agua. De manera que, cuando pagamos estas facturas, también pagamos impuestos.

Incluso por algunos productos se pagan varios tipos de impuestos. Ocurre, por ejemplo, con el alcohol, el tabaco y el combustible que, además de al IVA, también están sujetos al pago de impuestos especiales. Estos impuestos se aplican como una cantidad fija o un porcentaje sobre el precio en la fase de producción del producto. Un sobrecoste del producto que finalmente acaba pagando el consumidor final.

Por si no fueran pocos los impuestos estatales, también los hay autonómicos y municipales. Se pagan impuestos por todo menos por respirar. Aunque desde que son obligatorias las mascarillas para respirar fuera del domicilio, esto ya se ha solucionado. Cuando compramos mascarillas, también pagamos IVA.

Son tantas y tan cambiantes las leyes tributarias, que el conocimiento de los impuestos requiere de una constante actualización. Cada cierto tiempo salen nuevas figuras tributarias como, por ejemplo, la nueva tasa google.

Las clasificaciones que pueden hacerse de los impuestos son diversas, pero la más conocida y utilizada es la que distingue entre impuestos directos e impuestos indirectos.

Impuestos directos

Son impuestos directos los que se aplican sobre una manifestación directa o inmediata de la capacidad económica. Por ejemplo, la posesión de un patrimonio y/o la obtención de una renta.

Entre los impuestos directos, se encuentran algunos de los más conocidos, pudiendo destacar los siguientes:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Se regula en la Ley 35/2006 de 28 de noviembre y en Real Decreto 439/ 2007 de 30 de marzo. Este impuesto grava todas las rentas del trabajo y del capital obtenidas en un ejercicio fiscal, siendo una de las principales formas de tributación directa de los trabajadores por cuenta ajena y de los autónomos. Busca particularmente la aplicación de los principios de capacidad económica, equidad, justicia y redistribución de la riqueza.

Impuesto sobre la Renta de no Residentes

Se regula en el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo y en el Real Decreto 1776/2004, de 30 de julio. Este impuesto recae sobre la renta obtenida en España por personas que no residen en España.

Impuesto sobre Sociedades

Regulado en la Ley 27/2004, de 27 de noviembre y en el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento. Es la principal figura tributaria para el pago de impuestos directos de las sociedades. Este impuesto recae sobre el beneficio neto obtenido por la actividad de las sociedades. Es decir, una vez se han restado a los ingresos que obtiene cada empresa, los gastos fiscalmente deducibles que han sido necesarios para su obtención.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Se regula en la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, y en el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre. Este impuesto se paga por las personas cuando reciben dinero u otros bienes de forma gratuita o por herencias. Se incluyen aquí, tanto los casos en que lo que se recibe es una herencia o legado de una persona fallecida (adquisiciones “mortis causa”), como los casos en que lo que se recibe es una donación efectuada por una persona viva (adquisiciones “inter vivos”). Este impuesto está cedido a las Comunidades autónomas.

Impuesto sobre el Patrimonio

Se regula en la Ley 19/1991, de 6 de junio. Se considera patrimonio neto de una persona el conjunto de los bienes y derechos que posee (casas, tierras, cuentas bancarias, joyas, objetos de arte…), restadas las cargas, deudas y obligaciones a las que esa persona debe hacer frente. Hay bienes que, sin embargo, están exentos del Impuesto sobre el Patrimonio, como es el caso de la vivienda habitual de la persona y su ajuar doméstico. El impuesto está cedido a las Comunidades Autónomas.

Impuestos municipales

Los Ayuntamientos también se apuntan a la tributación directa, con impuestos como:

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Grava la posesión de una vivienda.
  • Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Es un tributo que grava la actividad emprendedora.
  • Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). También conocido como el impuesto de circulación, se paga por tener el derecho a circular con vehículo.

Impuestos indirectos

Son impuestos indirectos, los que se aplican sobre una manifestación indirecta de la capacidad económica, como el consumo o las transmisiones de bienes o derechos. Estos tributos no dependen de lo que tengas, si no de lo que compres o transmitas. Los principales impuestos indirectos son:

Impuesto sobre el Valor Añadido

Se regula en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, y en el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre. Este impuesto grava el consumo, en el momento de la adquisición. Es recaudado por las empresas, que lo ingresan en la Agencia Tributaria mediante autoliquidaciones. Con estas, se ingresa en la Agencia Tributaria la diferencia entre el IVA que repercuten por sus ventas y el que soportan en sus compras. Existen tres tipos de IVA:

  • IVA general (21%). Es el tipo de IVA general que se aplica a la mayoría de productos y servicios, desde la ropa o los servicios de profesionales. Básicamente, grava todo lo que no esté recogido en los siguientes dos tipos de IVA.
  • IVA reducido (10%). En esta categoría se gravan productos alimenticios, farmacéuticos, agua y la compra de viviendas, entre otros.
  • IVA superreducido (4%). Se aplica a bienes y servicios de primera necesidad, como los alimentos básicos de la cesta de la compra.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Se regula en el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre y en el Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo. Este impuesto estatal esta cedido a las Comunidades Autónomas y tiene un ámbito de aplicación muy amplio. Se subdivide en tres modalidades:

  • Transmisiones (compraventas) de todo tipo de bienes y derechos, que no tributan por el IVA.
  • Determinadas operaciones societarias que realizan las empresas.
  • Actos jurídicos documentados, que son actos que se tienen que documentar oficialmente, como la escritura de una casa y otros documentos notariales.

La persona que tiene que pagar el impuesto es el adquirente (comprador), no el que transmite el bien o derecho (vendedor).

Impuestos Especiales

Se regulan en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre y en el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio. Estos impuestos solamente los pagan las personas que compran o consumen determinados bienes:

  • Alcohol y bebidas alcohólicas.
  • Matriculación de medios de transporte.

En definitiva, la principal diferencia entre los impuestos directos y los indirectos, es que los primeros gravan la riqueza en sí misma, es decir lo que se tiene o ingresa, mientras que los indirectos gravan la utilización de esa riqueza.