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Todo lo que necesitas saber sobre los libros contables de impuestos especiales

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Explicamos cómo la Agencia Tributaria implanta un nuevo sistema de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los impuestos especiales.

  • Conoce qué son los libros contables de impuestos especiales
  • Te contamos todo lo que necesitas saber sobre este tipo de libros

A los libros contables de presentación obligatoria para su legalización en el Registro Mercantil, se une un nuevo tipo de libros obligatorios que engrosará la burocracia administrativa. Hablamos de los libros contables de impuestos especiales, aunque en este caso se trata de un requerimiento de la Agencia Tributaria.

Afortunadamente, muchas empresas no están sujetas a este tipo de impuestos al no formar parte de su tráfico mercantil habitual el comercio con bienes sujetos a este tipo de tributación. En cualquier caso, es conveniente saber qué son, cuáles son sus principales características y su operativa.

¿Qué son los libros contables de impuestos especiales?

Son un nuevo sistema de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los impuestos especiales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 del Reglamento de los Impuestos Especiales.

El cumplimiento la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los impuestos especiales y, en su caso, de las materias primas empleadas en su obtención, así como de las marcas fiscales, se realizará a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, a partir del 1 de enero de 2020, mediante el suministro electrónico de los asientos contables.

Para el cumplimiento de esta obligación, la Sede electrónica de la Agencia Tributaria ha habilitado un acceso específico, con el que se facilitará su cumplimiento, a través del portal SILICIE.

La principal ventaja de esta nueva operativa, es la reducción de las declaraciones informativas, ya que no serán exigibles las declaraciones de operaciones cuando la contabilidad de impuestos especiales se lleva en sede electrónica de la AEAT.

¿Quiénes están obligados a llevar estos libros?

Los obligados serán los titulares de establecimientos afectados por la normativa de los impuestos especiales.

¿Qué datos deber reflejar la contabilidad de los impuestos especiales?

La contabilidad deberá reflejar los procesos, movimientos y existencias de los productos objeto de los impuestos especiales y, en su caso, de las materias primas necesarias para obtenerlos, incluidas las diferencias que se pongan de manifiesto con ocasión del almacenamiento, fabricación o circulación, de forma que se diferencien los diversos productos, epígrafes y regímenes fiscales.

¡Comparte! A partir del 1 de enero de 2020, a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, será obligatorio suministrar electrónicamente los asientos contables.

¿Cómo se cumplirá con la obligación de llevar los libros de impuestos especiales?

La llevanza de la contabilidad de los Impuestos especiales a través de la Sede electrónica de la AEAT se podrá realizar de las siguientes formas:

  • La regla general será que se efectúe directamente en la sede electrónica. Es el caso de los titulares de fábricas, depósitos fiscales, depósitos de recepción, almacenes fiscales o fábricas de vinagre.
  • En algunos casos, se podrá realizar a partir del sistema contable en soporte informático del que, en su caso, dispongan los titulares de los establecimientos.
  • De todos modos, durante el mes de noviembre de cada año, los titulares de establecimientos afectados por la normativa de los impuestos especiales que no estén obligados a llevar esta contabilidad directamente en la sede electrónica de la AEAT podrán optar por su llevanza a través de la referida sede electrónica.

¿Cuáles son las formas para la realización del suministro electrónico de datos?

Las formas de realizar la presentación telemática de datos son:

  • A través de un formulario en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
  • Mediante un fichero plano de texto.
  • A través de servicios Web.

¿Se podrán hacer pruebas antes de la implantación del sistema?

A partir del 1 de junio de 2019 se podrá entrar en un entorno de pruebas para ver cómo funciona y a partir del 15 de septiembre las pruebas se podrán realizar sobre el entorno real.

Las obligaciones formales relacionadas con los impuestos especiales evolucionan jurídicamente con los nuevos libros y tecnológicamente con la incorporación de SILICIE.