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Jornada laboral reducida: cómo calcular tu nómina

Sage

Conoce en este artículo las características de la jornada laboral reducida y cómo afectará a tu nómina.

  • Existen diferentes supuestos en los que se prevé la reducción de jornada, además de motivaciones personales y profesionales para solicitarlo.
  • Despeja las dudas sobre como afecta la jornada laboral reducida a la nómina y a las cotizaciones.

Las nóminas en la reducción de jornada tienen unas características especiales. En general, vienen asociadas a un recorte proporcional de salario.

Sin embargo, hay muchos complementos que pueden generar dudas. Para resolverlas es conveniente comprender antes las implicaciones de una reducción de jornada para poder ponerlas en conexión con la naturaleza del complemento.

¡Comparte! Y averigua cómo queda la nómina después de una reducción de jornada.

La jornada laboral reducida con reducción proporcional del salario

Existen diversos supuestos en los que el Estatuto de los Trabajadores prevé la reducción de jornada y, proporcionalmente, la de salario:

  • Cuidadores del lactante desde los 9 a los 12 meses cuando ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores ejerzan este derecho con la misma duración y régimen.
  • Casos de nacimiento de hijos prematuros u hospitalizados a continuación del parto.
  • Cuidadores directos de un menor de 12 años o de una persona discapacitada que no desempeñe una actividad retribuida.
  • Cuidadores directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.
  • Progenitor, adoptante, guardador con fines de adopción o acogedor permanente de niños menores de edad con cáncer u otra enfermedad grave. La enfermedad debe requerir ingreso hospitalario de larga duración y cuidado directo, continuo y permanente.
  • Víctimas de violencia de género o del terrorismo, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia social integral.

La jornada reducida frente a la jornada parcial

En una jornada a tiempo parcial, desde un inicio se acuerda un tiempo de trabajo inferior al de un trabajador a tiempo completo comparable. Es decir, se toma como referencia la jornada de una persona que en el mismo centro de trabajo y empresa realice un puesto idéntico o similar. Si no lo hay, se acude a la jornada prevista en el convenio o, en su defecto, a la máxima legal.

“La jornada a tiempo parcial y la reducción de jornada son figuras con vocaciones diferentes”

El caso de la reducción de jornada es diferente. El trabajador ha celebrado con la empresa un contrato con una determinada jornada. Posteriormente, ha sucedido una circunstancia que motiva que trabaje menos horas. Cuando la situación cambie, regresará a la jornada inicial.

La motivación de la jornada laboral reducida

Se trata de un instrumento para poder compaginar momentos vitales importantes con el desarrollo del trabajo. Los supuestos previstos delimitan circunstancias que reclaman mucha atención por las personas afectadas.

“La reducción de jornada se orienta a hacer compatible el trabajo con el afrontamiento de hitos vitales”

Es diferente a los instrumentos habituales de conciliación, que están orientados a armonizar lo cotidiano. En este caso, de lo que se trata es de que las personas puedan afrontar hitos vitales.

Ventajas para los trabajadores

Para los trabajadores, la reducción de jornada presenta importantes ventajas:

  • Permiten crecer personalmente, atender los aspectos más importantes de sus vidas.
  • Facilita que no haya una desconexión laboral completa durante etapas que, en algunos casos, pueden durar años. El contacto con su profesión es una buena medida para que no pierdan destrezas, no desactualicen conocimientos y mantengan contactos valiosos.
  • Intenta buscar un equilibrio vital y profesional. Destina la atención a cada parcela en la medida en que más pueda aportar. Dependiendo de la situación, el juego de las proporciones de tiempo debe orientarse en una u otra dirección.

“La reducción de jornada, ante determinadas circunstancias vitales, puede aportar ventajas a la empresa y al trabajador”

Ventajas para las empresas

Para las empresas, la reducción de jornada es un desafío. No siempre es sencillo cubrir el hueco que deja una persona ni coordinar su labor con la de uno o varios sustitutos parciales.

Sin embargo, el sacrificio suele compensar con creces:

  • Los trabajadores están mejor motivados.
  • Sus intereses se alinean mejor con los de la empresa. Entienden el trabajo como un elemento constructivo que acompaña sus necesidades vitales.
  • En general, la productividad del trabajador crece. Se centra en aquellos aspectos en los que tiene más que aportar.
  • Se evita tener trabajadores presentistas con la cabeza en preocupaciones desatendidas.
  • Se humaniza el ambiente de trabajo, lo que tiene efectos positivos para los compañeros.
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Un padre que pasa más tiempo con su hijo gracias a la reducción de jornada.

Cómo queda la nómina en la reducción de jornada

El Estatuto de los Trabajadores habla de una reducción proporcional del salario, que tiene dos componentes:

  • Salario base. Se reducirá en proporción a las horas dejadas de trabajar.
  • Los complementos. se calculan conforme a los criterios que a tal efecto se pacten. Por lo tanto, habrá que valorar, en primer lugar, lo que puedan decir el convenio o el propio contrato para saber si se reducen o no y en qué medida.

Las principales dudas suelen venir de los complementos, cuya justificación, con frecuencia, no entiende de horas trabajadas. Por ejemplo, si se paga por transporte, tiene lógica que se pague íntegro el complemento de un trabajador que sigue acudiendo todos los días a su puesto. Si, por el contrario, acumula las horas y deja de acudir uno o varios días a la semana, podría reducirse en proporción a los días que no va.

De cualquier manera, la casuística puede ser de lo más variada. Suele resultar útil, en caso de que el convenio y el contrato no se pronuncien, estudiar la jurisprudencia.

Una cuestión diferente es lo que pasa con otras cantidades que el trabajador cobra, pero no forman parte de su salario. Es el caso, por ejemplo, de indemnizaciones o suplidos. En estos supuestos, el Estatuto de los Trabajadores no dice que haya que reducirlos (solo habla del salario). Sin embargo, son retribuciones que tienen una justificación y, si esta está ligada a las horas trabajadas, lo normal es que sufran una reducción. En todo caso, habría que ver que dice el convenio o el contrato.

Las cotizaciones en la reducción de jornada

En la medida en que se reduce el importe de la retribución, se reducirá la cotización. Sin embargo, ello no implica que los trabajadores tengan automáticamente menos derechos. De hecho, la ley prevé distintos supuestos en los que, aunque se cotice menos, a efectos de prestaciones se computa el 100% de lo que se hubiese cotizado sin reducción de jornada:

  • Por cuidado de menor: durante los dos primeros años.
  • Por cuidado de familiares o de discapacitados: durante el primer año.
  • Las reducciones de jornada por cuidado de lactante entre los 9 y 12 meses.
  • Por cuidado de lactante hasta los 12 meses cuando ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores ejerzan este derecho con la misma duración y régimen.
  • Por cuidado de menor a cargo afectado por cáncer u otra enfermedad grave.

Pueden existir diversos motivos para proceder a una reducción de la jornada laboral y puede suponer beneficios de manera vital o profesional. Por otro lado, también puede suponer un desafío para las empresas y afecta en mayor o menor medida a nuestra nómina.