La nueva normativa sobre software legal endurece las penas por el uso del software ilegal
El pasado 1 de julio entró en vigor una reforma del Código Penal que afecta a la normativa sobre software legal y endurece las penas por el uso del software ilegal, estableciendo hasta cuatro años de prisión y el cese de actividad para las empresas o empresarios que comentan este tipo de delitos en su modalidad más grave.
Las nuevas modificaciones del Código Penal endurecen la sanción por el uso del software ilegal mejorando la protección legal de los derechos de propiedad intelectual, al incluir la protección del software. Un aspecto a tener en cuenta, puesto que no sólo supone una multa, sino también inhabilitación para la empresa o incluso penas de cárcel.
Principales consecuencias del cambio normativo del software legal en el Código Penal
Los cambios legislativos afectan al artículo 197 del Código Penal fundamentalmente, al que se añade un nuevo artículo, 197 ter, con la siguiente redacción:
Será castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años o multa de tres a dieciocho meses el que, sin estar debidamente autorizado, produzca, adquiera para su uso, importe o, de cualquier modo, facilite a terceros, con la intención de facilitar la comisión de alguno de los delitos a que se refieren los apartados 1 y 2 del artículo 197 o el artículo 197 bis:
a) un programa informático, concebido o adaptado principalmente para cometer dichos delitos; o
b) una contraseña de ordenador, un código de acceso o datos similares que permitan acceder a la totalidad o a una parte de un sistema de información.
Además, en el preámbulo de la ley, se hace hincapié en que a la conducta típica actual consistente en reproducir, plagiar, distribuir o comunicar públicamente, se añade, para reforzar así la protección que se quiere brindar, la de
explotar económicamente de cualquier otro modo una obra o prestación protegida sin la autorización de los titulares de los derechos de la propiedad intelectual, sustituyéndose, además, el elemento subjetivo «ánimo de lucro» por el de «ánimo de obtener un beneficio económico directo o indirecto»
Se tipifican expresamente conductas por medio de las cuales se llevan a cabo infracciones de los derechos de propiedad intelectual de los que derivan graves perjuicios: la facilitación de la realización de las conductas anteriores mediante la supresión o neutralización de las medidas tecnológicas utilizadas para evitarlo; la elusión o facilitación de la elusión de las medidas tecnológicas de protección de la propiedad intelectual llevada a cabo con la finalidad de facilitar a terceros el acceso no autorizado a las mismas, cuando esta conducta se ejecuta con intención de obtener un beneficio económico directo o indirecto; y, finalmente, la facilitación del acceso o localización de obras o prestaciones protegidas ofrecidas en internet en forma no autorizada.
Estas modificaciones, conocidas ya como la Ley del software, tienen algunas consecuencias importantes desde el punto de vista legal:
- Cualquier beneficio, directo o indirecto derivado de una infracción del copyright es considerado delito, por lo que el impago de una licencia de software sería perseguible por vía penal a la empresa que lo realiza.
- Las empresas que no hayan adoptado medidas para evitar que sus equipos tengan software ilegal son penalmente responsables, pudiendo aplicarse las penas previstas y multas de hasta 288.000 euros, suspensión de actividades o clausura de locales.
- Los administradores de las empresas que tengan software ilegal en sus sistemas informáticos, y que no hayan adoptado las medidas de prevención y control necesarias para evitarlo son también penal y civilmente responsables.
Por todo ello, cobra cada día más importancia un mayor control del software instalado en nuestros sistemas, así como limitar la posibilidad de instalar software no autorizado. A veces se pueden generar dudas sobre si un programa es o no legal, por lo que siempre podemos consultar la licencia de uso para asegurarnos que estamos dentro de la normativa vigente.