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Los autónomos societarios y sus particularidades

Una de las formas jurídicas que puede adoptar tu negocio es la Sociedad Mercantil, para ello uno de los socios deberá ser un autónomo societario.

Dentro del ecosistema emprendedor, existe una especie con una misión estructural y de la que depende el equilibrio del gran escenario empresarial de pymes y autónomos en el que se sustenta la economía española. Esta figura es el autónomo societario.

Para constituir una Sociedad Mercantil, al menos uno de los socios debe darse de alta como autónomo societario. O dicho de otra manera, está obligado a darse de alta como autónomo societario quien ejerza funciones de dirección y gerencia siempre que tenga un 25% o más de participaciones de la sociedad o que, no teniendo participaciones, conviva con un socio que sí las tenga en un porcentaje igual o superior al 50%.

De forma colateral, también se tendrían que dar de alta como autónomo societario la persona  que se encuentre en una de estas situaciones:

  1. Socio que trabaje en la empresa que no tenga participaciones pero conviva con socio que sí las tenga en un porcentaje igual o superior al 50%.
  2. Socio que trabaje en la empresa y que tenga participaciones en la empresa igual o superior al 33%.

Es decir, que aunque tengas un negocio pequeño, con una facturación moderada, si es una sociedad y sois tres o menos socios, tienes que estar dado de alta como autónomo societario.

Hasta ahora, esta figura corría más o menos la misma suerte que cualquier otro autónomo, pero con las últimas novedades introducidas por la Ley de Emprendedores y el resto de medidas aprobadas recientemente, la verdad es que está saliendo menos beneficiada que el resto.

Veamos qué cambios hay para los autónomos societarios desde el verano de 2013 respecto a la cuota de la Seguridad Social:

  • Aunque inicialmente no estaba clara la distinción, la tarifa plana de 50 euros de cuota de autónomo a la Seguridad Social para nuevos autónomos, excluye a los que hayan constituido una sociedad limitada, aunque no tengan empleados, al considerarlos persona jurídica.
  • Desde enero de 2014, la cuota de los autónomos societarios se ha incrementado más de un 20%, quedando ya por encima de los 300 euros al mes.

A la vista de esto, nuestra recomendación es que, si estás iniciando un negocio, comienza como autónomo, cumpliendo con unos requisitos mucho más asequibles y con más facilidades y ayudas. Cuando el negocio ya esté lanzado y aumente tu volumen, entonces ya llegará el momento de dar de alta la empresa.

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