Adelanto del modelo 347 a enero, ¿estás preparado?
El modelo 347 es una declaración informativa en la cual se resume la totalidad anual y trimestral de las operaciones con terceras personas con un importe superior a 3.005,06 euros. Hasta hace unos años, dicho modelo se presentaba en marzo; en 2017 se adelantó a febrero, pero para 2018 se volverá a anticipar un mes […]
Cómo hay que presentar el modelo 347
En 2016, el plazo de presentación del modelo 347 fue del 1 al 28 de febrero. Para 2018 será del 1 al 31 de enero, según lo anunciado por la AEAT, con lo cual el declarante contará con menos margen para cotejar la información con el proveedor. Este modelo 347 es uno de los que más información aporta a Hacienda. Es necesario realizar un cuadre directo entre cliente y proveedor, ambos deben declarar las mismas cantidades. En caso de que esto no sea así, Hacienda envía un requerimiento para verificar qué cifra es la correcta. Esto obliga en muchos casos a intercambiar información entre ambos, llamadas, correos, etc. ya que ninguno de los dos quiere que Hacienda llame a su puerta. Hacienda exige con el modelo 347 agrupar las operaciones por trimestres y recopilar la información sobre pagos en metálico. No es una tarea mecánica, sino que con los datos de nuestro sistema de contabilidad es necesario elaborarlo y presentarlo a través del programa de ayuda de la AEAT. Es preciso relacionar un número elevado de personas o entidades porque el importe mínimo anual es de 3.005 euros.Cuándo: cambio en el calendario fiscal
Como hemos dicho, el próximo enero, la presentación del modelo 347 de operaciones con terceros se añadirá al resto de modelos que ya tienen que presentar las empresas o las asesorías que llevan su contabilidad en su nombre. Es decir:- Modelo 303 de autoliquidación trimestral de IVA y su modelo homólogo pero de carácter anual 390.
- Modelo 130 de autoliquidación del pago fraccionado del IRPF.
- Modelo 115, declaración trimestrales de las retenciones por alquileres y su modelo homólogo de carácter anual 180.
- Modelo 111 trimestral de retenciones a trabajadores, profesionales o empresarios, junto al modelo 190 anual.
- Modelo 349 de operaciones intracomunitarias y modelo 309 de autoliquidación de IVA de operaciones intracomunitarias no periódicas en recargo de equivalencia.
- Modelo 368 de servicios prestados por vía electrónica.
Otros cambios del calendario fiscal de 2018
Pero no es el único cambio que sufrirá el calendario fiscal en 2018. También habrá cambios en:-
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- Modelo 171, declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, que antes se presentaba en el mes de marzo.
- Modelo 184, declaración informativa para entidades en régimen de atribución de rentas. Declaración anual, cuyo plazo hasta ahora era del 1 al 28 de febrero.
- Modelo 345, declaración informativa de planes, fondos de pensiones y sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia. Declaración anual partícipes y aportaciones. Hasta ahora el plazo de presentación era del 1 de enero al 20 de febrero.
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