¿Cómo quedará el Impuesto de Sociedades después de la Reforma Fiscal?
El principal objetivo que se planteaba el gobierno a la hora de modificar el Impuesto de Sociedades era hacer lo posible para que el tipo efectivo que pagan las empresas se acerque al tipo nominal. La Reforma Fiscal plantea esto mediante la eliminación de una buena parte de las deducciones y, a cambio, rebaja el tipo general para compensar esta circunstancia.
Esa es la principal conclución que se puede sacar después de ver el grueso de las medidas anunciadas por el Gobierno. Si bien estas no son definitivas, ya que el texto de la Reforma se encuentra en fase de consultas y aún no ha sido publicado en el BOE.
¿Cómo quedaran los tipos del impuesto?
La principal novedad es que se unifica el tipo nominal del impuesto. A partir de 2016 el tipo será el 25% para todas las empresas, de manera transitoria se fija el 28% para 2015. Hasta ahora el tipo era del 30% para las grandes empresas, pero debemos recordar que el tipo a aplicar por las pymes ya era del 25%, por tanto en este caso no se produce variación alguna, ni en 2015 y a partir de 2016.
También se mantiene el tipo reducido del 15% para las pymes de reciente creación, que pueden aplicar las empresas creadas desde 2013 y sobre el primer ejercicio positivo y el inmediatamente posterior.
Fuera deducciones y nuevas reservas
Este rebaja del tipo impositivo tiene como contrapartida la eliminación de la mayoría de las deducciones del impuesto a las que se tenían derecho hasta ahora. Una vez aprobadas estas novedades sólo se podrá aplicar las correspondientes a la I+D+i.
Lo que también supone una novedad es la creación de dos tipos de reservas que las empresas podrán aplicar para rebajar su factura fiscal. Una de ellas, denominada reserva de capitalización, podrá utilizarla cualquier empresa y mediante la misma se podrá destinar a una provisión exenta de impuestos hasta el 10% de los beneficios obtenidos. Se estima que aprovechando al máximo esta medida el tipo impositivo bajaría del 25% al 22,5%.
El otro tipo de reserva sólo podrá ser utilizado por las pymes. La llamada reserva de nivelación, consistirá en emplear los beneficio no repartidos en el ejercicio en los recursos propios de la empresa. Con esto no se tributará por estos beneficios durante cinco años y el destino de los mismos será el de compensar las posibles pérdidas que pueda tener la empresa en el futuro. Con la reserva anterior y ésta las pymes podrían situar su tipo impositivo en el 20%.
Sociedades Civiles sujetas al IS
Otro cambio que afecta a este impuesto, aunque no a su funcionamiento si no a quien estaría obligado a tributar por él, es que a partir de 2015 las Sociedades Civiles que realicen actividades mercantiles dejarán de declarar sus rendimientos en el IRPF en atribución de rentas y tendrán que presentar el Impuesto de Sociedades.