Cooperativas de facturación para autónomos: mitos y verdades de estas sociedades
Uno de los principales problemas con los que se pueden encontrar determinados profesionales para realizar trabajos por cuenta propia es tener que cumplir con todos los trámites y requisitos legales. Darse de alta en actividades económicas en Hacienda, en la Seguridad Social como autónomo, etc.
Para tratar de facilitar todos estos trámites hace tiempo que surgieron las cooperativas de facturación para autónomos, unas sociedades que prometían ponérselo más fácil a estos profesionales.
El problema es que su actividad no se ajusta al criterio de la Agencia Tributaria, por lo que recientemente han comenzado a realizar inspecciones a dichas sociedades y también a sus socios. Porque en este caso, si se detecta un incumplimiento, las sanciones van tanto para la cooperativa como para cada uno de sus miembros que han facturado a través de ella.
Qué son las sociedades cooperativas de facturación para autónomos
Las cooperativas de facturación para autónomos se venden como una forma de simplificar los trámites que tienen que pasar los profesionales que quieren ejercer una actividad económica por su cuenta. El cooperativista paga una cuota inicial. Después, cuando tiene que realizar un trabajo, es la cooperativa la encargada de facturar a sus clientes.
Sobre el papel, las cooperativas de facturación para autónomos eran una solución sencilla, pero la realidad ha resultado ser otra¡Tuitéalo!
El profesional cobra una nómina, como trabajador por cuenta ajena, por los días en los que ha trabajado para dicho cliente. A cambio la cooperativa se queda con un porcentaje previamente acordado de la facturación y liquida los impuestos correspondientes a dicha factura. Además de todo el papeleo, el autónomo se ahorra tener que darse de alta en el RETA.
Cómo funcionan
Su funcionamiento es sencillo. El profesional que se asocia solo paga la cuota inicial y una comisión por cada trabajo que factura. Después, en la nómina que cobra, le descuentan un 2%, en concepto de IRPF además de la cuota, por lo general íntegra, tanto la parte de empresa como la de trabajador, de la Seguridad Social, por los días que ha estado dado de alta mientras realizaba el trabajo.
La cooperativa emite una factura al cliente en nombre del autónomo. El IVA se encarga de liquidarlo la cooperativa, así como el Impuesto de Sociedades correspondiente. A efectos fiscales, el profesional se ha ahorrado una gran cantidad de trámites, pero también fiscalmente se simplifica mucho su tributación, ya que sería equivalente a tener un segundo pagador, la cooperativa de autónomos de la que es miembro.
Cuál es la legalidad de las cooperativas de autónomos
La cooperativa no es otra cosa que una sociedad mercantil constituida por personas que se asocian libremente para llevar a cabo una actividad empresarial que se acoge a la Ley de Cooperativas (Ley 27/1999 del 16 de julio). Además de dar cobertura para la facturación, también se da asesoramiento legal y se prestan otro tipo de servicios a los cooperativistas.
El problema es que la Agencia Tributaria considera que es un fraude, ya que los socios trabajadores son profesionales por cuenta propia dedicados a cualquier actividad, que actúan en el tráfico mercantil, por lo que se ven en la necesidad de emitir factura a sus clientes y, correlativamente, cumplir con las obligaciones fiscales y en el RETA.
Mitos y realidades
Lo cierto es que para aquellos que ejercen la actividad económica de forma esporádica es posible facturar sin estar dado de alta como autónomos. Además, tampoco se puede capitalizar el paro si lo que se desea es montar su propia empresa.
Con la llegada de la tarifa plana para autónomos, se ha facilitado el alta de aquellos que inician su actividad y no tienen asegurados sus ingresos. También la de los que realizan trabajos de forma esporádica, aunque en este segundo caso, si se aplica el criterio de habitualidad y no se llega al salario mínimo no sería imprescindible darse de alta en el RETA, y se podría facturar igualmente.
La realidad es que este tipo de cooperativas desde su inicio han tenido demasiados flecos legales. Mientras que los cooperativistas defienden su legalidad y que Hacienda está aplicando un criterio equivocado, la Agencia Tributaria está inspeccionando a sus asociados y haciendo que muchas de las cooperativas cesen en su actividad. Será necesario esperar a una sentencia definitiva para saber si este tipo de soluciones ofrecen la cobertura legal y fiscal que buscan estos autónomos temporales.