Finanzas

El modelo 303 fusionado era solo el principio…

sage

Hace justo un año, cuando la mayoría regresábamos de vacaciones, nos estaba aguardando encima de nuestra mesa de trabajo un proyecto de gran envergadura llamado «IVA de caja», la panacea que acabaría, supuestamente, con todos los dolores de cabeza de los autónomos y de pequeñas y grandes empresas cuya losa principal era tener que pagar a Hacienda un IVA que aún no habían cobrado.

A medida que se fue desmenuzando la norma, comprobamos que su regulación no era tan fácil como aparentaba serlo, pues conllevaría consigo mismo una serie de obligaciones formales que no hacían, sino, aumentar y entorpecer aún más las cargas administrativas de una empresa que, ahogada por deudas, decidiera acogerse a ese flamante nuevo régimen especial.

Si nos dedicamos, tan solo un minuto a recordar la situación, con la introducción del IVA de caja, lo primero que nos viene en mente es el gran cambio que sufrió el modelo 303, que fusionó varios modelos (303, 310, 311, 370 y 371) en un mismo modelo, además de introducir nuevas casillas para reflejar las operaciones sujetas o afectadas por el criterio de caja.

Nuevo modelo 390 para el ejercicio 2014

Pero el modelo 303 fusionado, tal como encabezamos, era solo el principio, pues no en balde, la modificación del mismo acarrearía, lógicamente, la actualización de su hermano mayor, el modelo 390 (resumen anual del IVA). De cajón.

Con fecha 1 de septiembre del presente año, se publicó en la web de la AEAT el proyecto de Orden que modifica el modelo 390 para adaptarlo al criterio de caja, pues en el mismo deberán reflejarse aquellas operaciones sujetas al RECC que hayan sido cobradas en el ejercicio, y por otro lado, todo lo expedido por criterio de caja (incluyendo base imponible y cuota) con independencia de que haya sido o no cobrado, así como todo lo que se haya recibido en el ejercicio de declaración que esté sujeto al régimen especial de caja, o bien que esté afectado por el mismo. Una copia, casi literal del funcionamiento del modelo 303 fusionado, que funciona ya desde el pasado 01/01/2014.

Pero quizás, lo más interesante de este proyecto no es tanto la modificación que se realiza en el impreso del 390, sino en la propia filosofía de la obligación de presentación del mismo, pues ya se había anunciado que, determinados colectivos quedarían exonerados de presentar el resumen anual del IVA.

El proyecto concreta que estos sujetos pasivos serán aquellos que de forma exclusiva realicen actividades del régimen simplificado y también para aquellos cuya actividad consista en el arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.

Con dicha finalidad, el proyecto procede a modificar, nuevamente, el modelo 303 en el cual, los que queden exonerados de presentación del modelo 390, cumplimentarán un nuevo apartado-resumen, sólo en la liquidación del 4T, donde informarán el volumen de operaciones anual de determinadas operaciones, valga la redundancia.

Como decíamos… el modelo 303 fusionado, era tan solo el principio….

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