Finanzas

Gastos financieros: ¿Qué son y cómo se deducen?

Te contamos en este post todo lo que debes saber sobre los gastos financieros y cómo se deducen en el impuesto sobre Sociedades.

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En este post te contamos todo lo que debes saber sobre los gastos financieros. También, en qué medida se deducen los intereses de las deudas y cuáles son sus principales limitaciones.

  • La deducibilidad de intereses y otros gastos financieros está limitada.
  • Las principales limitaciones afectan a operaciones con empresas del grupo y en el extranjero.

Los gastos financieros son un elemento fundamental de la cuenta de pérdidas y ganancias. Están, sobre todo, aunque no exclusivamente, centrados en el coste de la financiación ajena como, por ejemplo, los intereses de diferentes tipos de deudas.

En el año 2012, comenzó una senda de cambio en la fiscalidad de los gastos financieros que, tras algunas reformas, continúa en la actualidad. En concreto, su finalidad fue, además de incrementar la recaudación, primar la financiación propia sobre la ajena. Veamos cómo funciona.

Qué son los gastos financieros en la contabilidad

Los gastos financieros se corresponden con las siguientes categorías de cuentas reflejadas en el subgrupo 66 del cuadro de cuentas del Plan General de Contabilidad:

  • Gastos por actualización de provisiones.
  • Intereses de obligaciones y bonos.
  • Intereses de deudas.
  • Pérdidas por valoración de instrumentos financieros por su valor razonable.
  • Gastos por dividendos de acciones o participaciones consideradas como pasivos financieros.
  • Intereses por descuento de efectos y operaciones de factoring.
  • Pérdidas en participaciones y valores representativos de deuda.
  • Pérdidas de créditos no comerciales.
  • Diferencias negativas de cambio.
  • Otros gastos financieros.
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La deducción de los gastos financieros puede reclamar ciertos cálculos.

Conceptos necesarios para comprender la deducibilidad de los gastos financieros

Para poder entender qué parte de los gastos financieros es deducible en el impuesto sobre sociedades es necesario entender algunos conceptos definidos por la ley del impuesto.

Una primera aproximación fiscal

Con motivo de los primeros momentos de aplicación de la deducibilidad de los gastos financieros, la Dirección General de Tributos aprobó una resolución. En ella, incidía en que hay que entender el concepto atendiendo al sentido y finalidad de la norma que impuso este límite.

En concreto, estima que, como lo que se buscaba era premiar la financiación propia sobre la ajena, los gastos e ingresos financieros de los que hablamos deben estar relacionados con el endeudamiento.

Los gastos financieros de deducibilidad limitada son los relacionados con las deudas.

Por lo tanto, se harían ajustes como los siguientes:

  • En caso de deterioro de valor de créditos, excluiríamos del gasto financiero la parte que se corresponda con el principal de la deuda.
  • Solo tendríamos en cuenta como ingreso o gasto financiero las diferencias de cambio relacionadas con el endeudamiento.
  • No se computarán todas las coberturas financieras, sino las que cubran deudas de la entidad que se recojan en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.
  • Se imputan como ingresos o gastos financieros los resultados positivos o negativos que corresponden al partícipe no gestor de una cuenta en participación. Esto afecta tanto al partícipe gestor como al no gestor.

Gastos financieros netos

Para calcularlos hay que restar a los gastos los siguientes conceptos:

  • Ingresos financieros derivados de la cesión a terceros de capitales propios. Estos suelen ser intereses de deudas que otros tienen con nosotros.
  • Determinados gastos de servicios relacionados con operaciones realizadas en paraísos fiscales. No obstante, sí se pueden deducir si demostramos que el gasto se corresponde con una operación efectivamente realizada.
  • Gastos de deudas con empresas del grupo destinadas a ciertas adquisiciones o aportaciones relacionadas también con empresas del grupo.
  • Los gastos no deducibles relacionados con asimetrías híbridas. Estos están relacionados con operaciones en las que está involucrada una persona o entidad vinculada residente en otro país o un establecimiento permanente. Intentan evitar casos en los que pueda haber una desgravación en los dos países sin incluir las rentas en ninguno.

Beneficio operativo

Para calcular el beneficio operativo según la definición del tercer párrafo del artículo 16.1 de la ley del impuesto, daremos tres pasos:

1. Hay que partir del resultado de explotación de la cuenta de pérdidas y ganancias.

2. A continuación, eliminamos lo siguiente:

  • Las amortizaciones del inmovilizado.
  • La imputación de subvenciones de inmovilizado no financiero y otras.
  • El deterioro y resultado por enajenaciones de inmovilizado.

3. Después, sumamos los ingresos financieros de participaciones en instrumentos de patrimonio que cumplan las siguientes condiciones:

  • Deben corresponderse con dividendos o participaciones en beneficios de entidades participadas.
  • El porcentaje de participación, directa o indirecta, debe ser superior al 5%.
  • Las participaciones no deben haber sido adquiridas con deudas con entidades del grupo de aquellas cuyos gastos financieros no son deducibles.

Cómo calcular los gastos financieros deducibles

Por un lado, existe un doble límite:

  • Los gastos netos serán deducibles con el límite del 30 por ciento del beneficio operativo del ejercicio.
  • En todo caso, serán deducibles gastos financieros netos del período impositivo por importe de un millón de euros. Si el período impositivo fuera inferior al año, el límite se ajustaría en proporción.

Los gastos financieros netos que no se hayan deducido, podrán deducirse en los períodos impositivos siguientes. Se tendrán que sumar a los del ejercicio correspondiente en el que pretendemos deducirlos y, con todo, deberá seguir respetándose el límite.

También se puede dar el caso contrario: que los gastos financieros netos no alcanzasen el límite. En ese supuesto, la diferencia se podrá sumar al límite en los cinco años inmediatos y sucesivos.

A este respecto, en una nota, la Agencia Tributaria ha defendido la siguiente interpretación: “en caso de existir beneficio operativo de un periodo impositivo que no hubiera determinado la deducibilidad del gasto financiero neto en aquel, la diferencia entre ambos se adicionará al límite del 30 por ciento del beneficio operativo de cualquiera de los periodos impositivos que concluyan en los 5 años siguientes y sucesivos, constituyendo un límite conjunto que se aplicará con anterioridad al límite mínimo de 1 millón de euros.

Por tanto, solo después de que los gastos financieros netos del periodo impositivo hayan superado dicho límite conjunto es cuando entrará en juego el límite mínimo de 1 millón de euros.”

Casos especiales

Además del esquema general, hay diversos casos especiales con un regulación más pormenorizada, como la referida a los siguientes gastos financieros:

  • Aquellos relacionados con deudas para adquirir participaciones en el capital o fondos propios de entidades.
  • Los agrupaciones de interés económico españolas.
  • Los grupos fiscales.

Como vemos, la fiscalidad de los gastos financieros es más permisiva con las pymes. Centra sus aspectos más rigurosos en operaciones con entramados societarios complejos o en las que participan varios países, en especial paraísos fiscales.