Finanzas

IVA de caja: ¿A qué empresas les interesa adoptar este sistema?

Sage

Tal y como hemos visto ya en estos posts anteriores, el nuevo régimen del IVA de caja viene a subsanar los problemas de tesorería de las pymes de tal manera que no tengan que ingresar las cuotas del impuesto hasta que no lo hayan cobrado.

Me vais a permitir que sea un tanto escéptico con este nuevo modelo de declaración del IVA puesto que la carga burocrática adicional para muchas empresas no le va a compensar de manera efectiva la inclusión en este régimen. Por eso, hay que tener muy claro a qué tipo de empresas le interesa entrar en este nuevo régimen especial del IVA de caja, aún cuando cumplan los requisitos de volumen de operaciones inferior a 2 millones de euros.

Empresas que trabajen con la administración pública y cobros superiores a 90 días

El primer grupo de empresas a los que les va a interesar acogerse al régimen de IVA de caja son todas aquellas empresas que presten servicios para la administración pública y que tengan un volumen de ventas superior al 50% a este sector con cobros demorados más de 90 días de media.

Si gran parte de mi facturación depende de la fecha de pago de la administración pública, que suele incumplir de manera casi sistemática las fechas de vencimiento de las facturas, este sistema es idóneo para poder equilibrar la tesorería. No obstante, si mis ventas a la administración son muy puntuales y no significativas sobre el total de mis ventas, el sistema no es interesante.

Empresas con plazos de cobro mayores que los plazos de pago

Si nuestra empresa tiene una estructura de cobros con unos periodos temporales superiores a los plazos de pago, el IVA de caja me permitirá no tener que financiar el circulante de la empresa con fondos propios de manera parcial. Sobre todo, si mi empresa se encuentra en una situación de crecimiento en ventas.

No obstante, si mi empresa tiene esta estructura de pagos, realmente está mal gestionada puesto que tendré una necesidad permanente de financiación con un coste importante, a asumir con fondos propios. Recordad en estos casos que lo ideal siempre que se pueda es cobrar primero y pagar después, no al revés.

Profesionales independientes con pagos a vencimiento

En el caso de los profesionales independientes, podemos pensar que el IVA de caja es una buena solución, pero el caso es que para estos perfiles, ya tenemos los sistemas de cuenta corriente tributaria, que funcionan de una manera más perfecta al compensar en simultáneo cuotas a ingresar de IVA y pagos fraccionados de IRPF con los sistemas de pagos a cuenta.

Aquí, hay que ver la estructura clara de los impuestos trimestrales para evaluar si es mejor la inclusión en cuenta corriente tributaria o la adopción del IVA de caja.

La mayoría de empresas, en el régimen general del IVA

Para el resto de empresas, la adopción del sistema del IVA de caja tan solo va a desplazar los beneficios o problemas de tesorería unos meses hacia adelante, dado que la liquidación del IVA de caja es simétrica con la liquidación del IVA en el régimen general y salvo excepciones muy puntuales, la carga burocrática adicional de este régimen no compensa con los hipotéticos beneficios que trae.

Si mi empresa lleva varios ejercicios de funcionamiento y tiene una estructura clara de cobros y pagos, cambiar al régimen de caja sólo se explica si vamos a realizar un gran aumento en las ventas con cobros aplazados por periodos superiores a 60 días. Para el resto de casos, el IVA de caja no tiene atractivo alguno y sí bastantes complicaciones.