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Modelo 390 de autónomos: qué es y cómo lo relleno

Una entrada en la que te contamos todo lo que necesitas saber sobre el modelo 390, qué es y cómo cumplimentarlo al detalle.

Sage

Una entrada en la que te contamos todo lo que necesitas saber sobre el modelo 390, qué es y cómo cumplimentarlo.

  • Si escuchas hablar de pagar el IVA y empiezas a temblar, vamos a hacer que eso acabe.
  • Te contamos todas las claves para que sepas qué es el resumen anual del IVA (modelo 390) y cómo rellenarlo.

Ser autónomo suponer ser tu propio jefe y también cumplir una serie de obligaciones con Hacienda como el pago del IVA. Además de las declaraciones trimestrales que tendrás que hacer con el modelo 303, vas a tener que presentar anualmente el modelo 390.

¿Qué es el modelo 390?

El modelo 390 es el resumen anual del IVA y tiene carácter informativo, es decir, no hay que pagar. Se trata de una declaración por la que se informa a Hacienda de todas las operaciones realizadas durante el año en relación al IVA, por lo tanto, es como una versión más completa del modelo 303.

¿Tengo que presentar el modelo 390?

Los obligados a presentar el modelo 390 son los empresarios y profesionales que realicen una actividad que se encuentre sujeta a IVA. Sin embargo, no tendrás que presentar este modelo si estás en alguno de los siguientes casos:

  • Autónomo que tribute por estimación objetiva (módulos).
  • Empresarios o profesionales que se dediquen al arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.
  • Grandes empresas (aquellas que tengan una facturación superior a 6.010.121,04 euros).
  • Grupos de IVA.
  • Inscritos en el REDEME (Régimen de devolución mensual de IVA).
  • Sujetos pasivos que hayan optado por el Suministro Inmediato de Información (SII) y lleven los libros registro del IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT.

¿En qué plazo debo presentar el modelo 390?

El modelo 390 se debe presentar entre los días 1 y 31 de enero de cada año. En el caso en que estos días sean festivos se trasladará la presentación al siguiente día hábil.

Antes de empezar a rellenar el modelo 390 sigue estos consejos

Sabemos que ponerse a rellenar el modelo 390 puede dar pereza, pero si sigues estos consejos será mucho más fácil:

  • Cada oveja con su pareja y cada factura en su sitio. No dejes pasar el tiempo para preparar la documentación, porque te puedes encontrar el 31 de enero con una montaña de papeles sin saber por dónde empezar y con el riesgo de cometer errores. Dedica un momento cada día a ordenar la documentación y a incluir los datos de las facturas en tu software de contabilidad en la nube.
  • Más vale prevenir… Mira con lupa tanto las declaraciones del modelo 303 como la declaración del modelo 390 para que coincidan y evitar errores antes de presentarlas.
  • La falta de memoria ya no es excusa. Programa avisos con tu software de contabilidad para que te salte una alarma con unos días de antelación respecto al inicio del plazo de presentación (1 de enero).
  • Unos clics et voilá, ¡Modelo 390 cumplimentado! Con Sage Facturación podrás cumplimentar con unos pocos clics de forma automática el modelo 390.

¿Cómo completo el modelo 390 paso a paso?

Para completar paso a paso el modelo 390 y no equivocarte sigue los siguientes pasos:

  1. Identificación del sujeto pasivo. Incluye tus datos o los de la sociedad que representas: nombre completo o razón social, NIF, domicilio.
  2. Devengo. Se debe citar el año al que corresponde la declaración.
  3. Declaración sustitutiva o complementaria. En el caso en que hayas cometido un error en una declaración del modelo 390 anterior deberás marcar la casilla que corresponda para sustituir la declaración o complementarlo con nuevos datos.
  4. Datos estadísticos. En este punto se incluye una descripción de las actividades realizadas según el epígrafe del IAE al que corresponda, ordenándolas de mayor a menor importancia.
  5. Datos del representante. Si actúas como representante de una sociedad, por ejemplo, deberás incluir tus datos.
  6. IVA devengado. Detalla el IVA devengado (el que corresponde a tus ingresos) con el detalle del tipo de IVA aplicable.
  7. IVA deducible. Es decir, el que corresponde a los gastos afectos a tu actividad.
  8. Resultado de la liquidación anual. Este apartado lo tendrán que rellenar quienes tributen solo a través de la Administración del Estado. Deberá coincidir con el resultado de las declaraciones trimestrales.
  9. Tributación por razón de Administración. Si tributas por la Administración del Estado y por la Administración Foral de Navarra o País Vasco, tendrás que cumplimentar este apartado.
  10. Resultado de las liquidaciones. Aparecerán dos apartados, el dedicado a las entidades que tributen por REGE (Régimen Especial del Grupo de Entidades), y el dedicado al resto.
  11. Volumen de operaciones. Se incluyen el total de los ingresos generados por la actividad económica durante el año anterior.
  12. Operaciones específicas. Si has realizado operaciones especiales (por ejemplo, adquisición de bienes y servicios de los que no es posible deducirse el IVA) tendrás que especificarlo en este apartado.
  13. Prorrata. Este apartado solo lo tendrás que rellenar si aplicas la regla de la prorrata con derecho a deducción y sin derecho a deducción. Tendrás que detallar la actividad económica (con el código CNAE), el importe total de las operaciones, el importe total de las operaciones con derecho a deducción, el tipo de prorrata y el porcentaje de prorrata.
  14. Actividades con regímenes de deducción diferenciados. Rellena este aparatado si has realizado operaciones con régimen de deducción diferenciado. Tendrás que desglosar el IVA deducible en las diversas operaciones.

¿Lo tienes más claro? Ya tienes todas las herramientas para hacer tu declaración del modelo 390 sin errores.