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Tributos autonómicos: principales figuras tributarias y problemáticas con los contribuyentes

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Los tributos de las comunidades autónomas pueden suponer una importante carga fiscal para los ciudadanos y las empresas.

  • Conoce qué figuras tributarias utilizan las comunidades autónomas para financiarse
  • Ten en cuenta que pueden existir importantes diferencias de tributación entre las comunidades autónomas

La financiación de las comunidades autónomas se rige por la Ley 22/2009. Este nuevo sistema de financiación tuvo objetivos como el refuerzo de los principios de autonomía y corresponsabilidad. En ese momento, se aumentaron los porcentajes de cesión de los tributos y las competencias normativas autonómicas, de forma que estas tengan una mayor capacidad para decidir la composición y el volumen de ingresos de que disponen.

En ese contexto, para satisfacer sus necesidades financieras, las comunidades autónomas recurren a diferentes fuentes de financiación, entre las que podemos encontrar:

Los tributos cedidos

Son básicamente los que ya recogía la Ley 21/2001, aunque en algún caso se produce una elevación en los porcentajes de cesión. Entre ellos, encontramos los siguientes recursos tributarios:

  • Recaudación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos Jurídicos documentados, del impuesto sobre sucesiones y donaciones, de los tributos sobre el juego y tasas afectas a los servicios transferidos.
  • Recaudación del impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos y del impuesto especial sobre determinados medios de transporte.
  • La tarifa autonómica del IRPF, que asciende al 50%.
  • Cesión del 50% de la recaudación líquida por IVA.
  • Cesión del 58% de la recaudación líquida por los impuestos especiales de fabricación sobre la cerveza, sobre el vino y bebidas fermentadas, sobre productos intermedios, sobre el alcohol y bebidas derivadas, sobre hidrocarburos y sobre las labores del tabaco.
  • Cesión del 100% de la recaudación líquida por el Impuesto sobre la Electricidad.

Transferencia del Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales

Esta transferencia instrumenta la participación de las comunidades en este fondo, que constituye una garantía de equidad y nivelación y tiene por objeto asegurar que cada comunidad autónoma recibe los mismos recursos por unidad de necesidad para financiar los servicios públicos fundamentales esenciales del estado de bienestar.

Además, se concretan los recursos que constituyen este fondo (el 75% de la capacidad tributaria de las comunidades autónomas y la aportación del Estado) así como los criterios de reparto mediante una serie de variables que van a determinar la población ajustada o unidad de necesidad.

Fondo de Suficiencia Global

Este fondo opera como recurso de cierre del sistema, asegurando que las necesidades globales de financiación de cada comunidad en el año base se cubren con su capacidad tributaria, la transferencia del Fondo de Garantía y el propio Fondo de Suficiencia Global.

Actualmente, el 90% de todos los recursos de las comunidades provienen de los impuestos cedidos parcial o totalmente por el Estado.

Tributos propios de las comunidades autónomas

Además de los anteriores recursos, las comunidades autónomas tienen capacidad para la creación de tributos propios de acuerdo con lo previsto en los artículos 133.2 y 157.1b) de la Constitución Española y 6.1 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA).

En la práctica, es un terreno en el que cada comunidad aplica impuestos diferentes. Por ejemplo, en Andalucía existe el impuesto sobre tierras infrautilizadas, mientras en Galicia se aplica un canon de saneamiento y en la Comunidad de Madrid se cobra un recargo sobre el IAE.

Dime donde vives y te diré como tributas

Los problemas de los contribuyentes con los Impuestos de las comunidades autónomas son algo recurrente, a lo que no ayuda la jungla de impuestos propios y las importantes diferencias entre algunos tributos, que en la práctica suponen que, a efectos de determinados tributos, algunas comunidades autónomas puedan parecer una especie de paraíso fiscal.

Según un estudio realizado por la OCU, Canarias es la comunidad autónoma donde más barato resulta heredar, de manera que para reciibr un patrimonio de 2 millones de euros, en Andalucía se pagan 344.997 frente a los 340 € que se pagan en Canarias. Sin embargo, según este mismo estudio, la comunidad autónoma más atractiva para mudarse sería Madrid, por la mínima presión fiscal del impuesto de sucesiones y donaciones, y porque además no se paga impuesto sobre el patrimonio.

Sin embargo, de cara a aplicar el impuesto sobre sucesiones en una comunidad u otra, hay que tener en cuenta que se aplicará la normativa del lugar donde se haya residido más tiempo en los 5 años previos al fallecimiento.

¿Cuáles son los principales impuestos autonómicos que afectan a las empresas?

Uno de los que más repercuten en las empresas es el de sucesiones. Se aplica, por ejemplo, cuando se heredan las participaciones de una sociedad. Sin embargo, esa transmisión disfruta de una reducción del 95% en el caso de los cónyuges o descendientes, tal y como se recoge en el art. 20.2 letra c) de la Ley de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que establece un requisito de mantenimiento de las participaciones durante los diez siguientes años, salvo fallecimiento del heredero.

Además, según el Tribunal Supremo, se debe aplicar a todos los herederos, descendientes y cónyuge, sean o no socios con anterioridad de dicho negocio.

Otro impuesto que acostumbran a pagar las empresas es el de actos jurídicos documentados. Últimamente ha estado de actualidad por la discrepancia sobre si tenían que pagarlo los hipotecados o las entidades financieras (algo que, finalmente, harán las entidades financieras). Las sociedades lo satisfacen en algunos casos cuando firman escrituras, como puede ser el caso de un préstamo.

En concreto, este tributo recae sobre el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, sobre las personas físicas o jurídicas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan.

Los tributos autonómicos son un importante aspecto que debemos tener en cuenta en la planificación fiscal de las empresas. Además, hay que estar al día de las novedades legales que vayan surgiendo en torno a ellos.