Asesorías y Despachos Profesionales

Cotización de los autónomos: 7 cosas que te interesa conocer para tener una pensión digna

sage

El cobro de las pensiones es una de las mayores preocupaciones de los españoles en general y de los autónomos en particular.

  • Si eres autónomo, conoce cómo puedes mejorar tu pensión cuando te jubiles
  • Conoce todo lo que necesitas saber para cobrar el 100% de la pensión pública

El pasado mes de marzo, las pensiones se postulaban como una de las mayores preocupaciones de los españoles, según el barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS). En ese estudio, el 15,5% de los ciudadanos consideró las pensiones como una de sus tres principales preocupaciones, sobrepasando holgadamente el anterior máximo histórico de 1985, que se situaba en el 11,7%.

Desde marzo esta preocupación ha decrecido paulatinamente hasta situarse en el 9,3% en julio. Pese a este descenso, las pensiones es una de las principales preocupaciones de los autónomos a largo plazo, ya que muchos cotizan por la base mínima y sus pensiones serán reducidas en el momento de su jubilación.

Todo autónomo debería conocer y tener en cuenta los siguientes puntos:

Si se cotiza por la base mínima, la pensión será más reducida

En el caso de un trabajador autónomo que se jubile este año, que tenga derecho al 100% de la pensión y que haya cotizado por la base mínima durante toda su vida laboral, cobraría en 2018 una cantidad de 639,3 euros si vive solo, de 606,7 euros si tiene cónyuge no a su cargo y 788,9 euros si el cónyuge está a su cargo (sin ingresos). Aquellos a los que todavía les quedan años por cotizar deberían pensar si podrían vivir con esa pensión.

Bases máxima y mínima de cotización

La base máxima de cotización es de 3.803,70 euros mensuales, mientras que la base mínima de cotización es de 932,70 euros. La mayoría de los trabajadores autónomos cotiza por su base mínima: del total de 3.241.681 inscritos en el RETA, el 65,5% (2.123.198) cotiza por la base mínima y solo un 1,3%, es decir 43.003, lo hace en sus tramos máximos, que supera en más de tres veces la base mínima. Esto crea fuertes tensiones en el Sistema de la Seguridad Social, ya que los ingresos por trabajador en este colectivo son reducidos. De los 43.003 autónomos que cotizan en sus tramos máximos, 33.527 tenían 50 años o más, 9.180 entre 36 y 49 años y solo 296 tenían menos de 36 años. La pensión máxima en 2018 es de 2.580,13 euros al mes en 14 pagas.

¡Comparte el dato! Baja casi 20 puntos la proporción de autónomos que cotiza únicamente por la base mínima en los últimos diez años.

Eso sí, subir la base de cotización es opcional y se puede cambiar hasta cuatro veces al año para que sea más acorde a los ingresos de cada temporada.

Revisa tu base de cotización por si quieres ampliarla

La elección de la base de cotización para los autónomos es libre hasta los 47 años, pero a partir de esa edad se limita la base máxima. Así, los trabajadores autónomos que a partir del primer día del mes siguiente al de la entrada en vigor de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, tengan 47 años de edad, si su base de cotización fue inferior a 2.023,50 euros mensuales, no podrán elegir una base de cuantía superior a 2.052,00 euros mensuales. Por lo tanto, antes de llegar a los 47 años, es conveniente plantearse si se desea elevar la base de cotización, de cara a mejorar la pensión en un futuro.

Cobro del 100% de la pensión

Para tener derecho a cobrar el 100% de la pensión, en 2018, un trabajador que se jubile a los 65 años y 6 meses, debería de haber cotizado 36 años y seis meses, requisitos que, con la ley actual, se irán endureciendo, de manera que en 2027, para que un trabajador se pueda retirar con el 100% de la pensión a los 67 años deberá haber cotizado un mínimo de 37 años. Será recomendable tener en cuenta si podrá acceder al 100% de la pensión, para lo cual se deben hacer simulaciones de escenarios y tomar medidas en caso necesario, como por ejemplo postergar la jubilación.

Pagar la cuota de autónomos sin ejercer actividad

Se puede cotizar como autónomo sin actividad y pagar la cuota de autónomos siempre y cuando exista alguna justificación, como por ejemplo en época de vacaciones o en el caso puntual de que algún mes no exista actividad. La Seguridad Social especifica que un trabajador, para estar dado de alta en el RETA, tiene que ser una «persona que, de forma habitual, personal y directa, realiza una actividad económica a título lucrativo». A pesar de que cotizar como autónomo sin ejercer actividad no está permitido, son muchos los que cotizan sin ejercer la actividad o con unos ingresos que no cubren las cuotas que pagan, con el único objetivo de completar los períodos de cotización necesarios para llegar a la jubilación con el 100% de la pensión.

¡Comparte el dato! Aunque pagar más garantiza al autónomo una mejor pensión, el 68,5% sigue optando por la franja más baja.

Cambio en el cómputo de años cotizados para el cálculo de las pensiones

En este año el cálculo de la pensión se realiza teniendo en cuenta las cotizaciones de los últimos 21 años. A partir de 2022, se ampliará a 25 años.

Aportación a planes de pensiones privados

La aportación a planes de pensiones privados puede ser una buena opción para completar la pensión pública. Además, las aportaciones a los planes de pensiones privados son un producto de ahorro destinado a la jubilación. Se caracterizan por reducir directamente la base imponible de la declaración de la renta, se difiere el pago del impuesto de la renta hasta el momento de su rescate y por permitir la desgravación de la base imponible del IRPF hasta la menor de las siguientes cantidades: 8.000 euros o bien hasta el 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.