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Darse de baja de autónomos en agosto: ¿sí o no?

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La disminución de la productividad en verano nos hace plantearnos si continuar de alta como autónomo en esta época o no.

  • Repasamos las ventajas e inconvenientes de paralizar nuestra actividad como autónomos
  • Te contamos como este es un procedimiento más habitual en sectores estacionales

Muchos son los trabajadores autónomos que aprovechan los meses de julio y agosto para cogerse sus vacaciones de verano aprovechando el descenso en la carga de trabajo o porque sus propios clientes también se van.

Sin embargo, no las disfrutan con la misma tranquilidad que otros. Uno de los principales inconvenientes de los autónomos en vacaciones es que, además de no trabajar y paralizar su facturación, se mantienen muchos de sus costes: gasto de suministros, pagos a proveedores, seguros sociales o la cuota de autónomo.

Por estas razones, en un intento de búsqueda del ahorro, muchos autónomos se plantean si “bajar la persiana” y darse de baja durante ese periodo de vacaciones y así no tener que pagar la cuota. A priori, puede parecer una buena idea, pero para saber si compensa o no, se deben tener en cuenta múltiples factores.

Ventajas de darse de baja en periodos vacacionales

En primer lugar, disfrutaremos de un ahorro de la cuota de autónomos. Si no vamos a tener ingresos en un tiempo, es de agradecer no tener que pagar, aunque se trate de la mínima cuota. Tengamos en cuenta que, además de no facturar, hay otros gastos que seguramente tengamos que mantener como el alquiler de la oficina, teléfono móvil, Internet, etc.

Podremos olvidarnos de guardar facturas, contabilidad, etc. durante ese tiempo. Al no estar dado de alta, no tributaremos en la declaración trimestral por ese tiempo.

El fraccionamiento de las cuotas

Desde la nueva ley de autónomos, se puede cotizar solo los días que estemos dados de alta dentro de un mes. ¿Qué significa esto? Que si nuestro cliente trabaja solo los 15 primeros días, podemos darnos de baja el resto sin necesidad de pagar la cuota completa, solo los días dados de alta.

Aunque es una facilidad a tener en cuenta a la hora de ahorrar costes con nuestra baja de autónomos, solo podremos beneficiarnos de esta posibilidad para darnos de alta y de baja tres veces dentro del año.

Afectará a nuestra jubilación

Otro de los perjuicios que acarrea la baja de autónomos por vacaciones es relativo a la pensión de jubilación. A la hora de calcular lo cotizado, estos meses de descanso se tienen en cuenta para el cómputo anual pero sumando cero.

Por ello, para aquellos autónomos en una franja de edad cercana a la jubilación, los periodos sin cotizaciones podrían provocar trastornos en su pensión de jubilación.

Dicho esto, tampoco es una locura que de manera puntal un trabajador autónomo se dé de baja en el RETA y no cotice, siempre que se tenga claro que los derechos que se puedan perder son compensables con los beneficios de un descanso necesario.

Perderemos la Tarifa Plana

Es requisito básico que o bien nos demos de alta por primera vez, o bien no hayamos sido autónomos en los últimos 2 años. Por lo que, si nos damos de baja en el mes de junio, con la intención de volver en septiembre, pasaremos de pagar 50 euros al mes a 279 (tras la aprobación de los presupuestos de este año) si es que cotizamos por la base mínima.

No podremos deducirnos el IVA ni los gastos

Como ya hemos dicho al principio de este post, aunque no tengamos que pagar el gasto de la cuota de autónomo durante ese período, hay otros factores que no podremos eliminar y que seguirán restando en la cuenta bancaria, como alquiler, luz, teléfono, etc. Sin embargo, no podremos deducirnos ni el IVA ni ningún gasto en concepto de IRPF de todo lo que vayamos pagando en ese tiempo.

Perderemos las bonificaciones

Es una de las peores desventajas de todas. Si nos beneficiamos de alguna bonificación en la cuota de autónomo, por haber comenzado con el negocio hace poco, por ejemplo, ésta la perderemos al tramitar la baja. Es decir, aunque volvamos a gestionar el alta dentro de los meses previstos para disfrutar ese beneficio, ya no lo podremos hacer.

Bajas laborales en peligro

Para poder cobrar el subsidio por enfermedad común, es necesario haber realizado aportaciones a la Seguridad Social, al menos, 180 días en los 5 años anteriores a la solicitud. En caso de haberse dado de baja, este subsidio puede verse en peligro si no salen las cuentas.

Lo mismo sucede con la prestación por cese de actividad. Para poderla recibir, es necesario haber aportado, de manera continuada, durante los doces meses inmediatamente anteriores a la solicitud.

Trámites burocráticos engorrosos

Y luego están los pasos a seguir para darse de baja…. Recordemos que debemos tener todo al día con la Administración para que nos permitan causar baja y, entre otros requisitos, justificar en una escritura pública los motivos que nos han llevado a cursar baja.

Tendremos que entregar en la Seguridad Social el Modelo TA.0521. Y los modelos 036 ó 037 (versión simplificada) para darnos de baja como autónomos en Hacienda. ¡Ojo! Porque darnos de baja como autónomo no nos exime de cumplir con las obligaciones fiscales y saldar las cuentas con la Administración.

Posteriormente, tendremos que hacer el proceso a la inversa para volver a darnos de alta cuando queramos retomar la actividad.

Darse de baja en vacaciones, ¿sí o no?

Como podemos observar, al final, todo está organizado para que a pocos autónomos les compense darse de baja en periodos de vacaciones.

Por ejemplo, a los nuevos autónomos que disfrutan de la tarifa plana, una baja les es muy poco atractiva ya que el ahorro que van a conseguir es mucho menor y, a nada que facturen, compensan los gastos.

Este tipo de procedimiento es más habitual en sectores estacionales como, por ejemplo, un hostelero de playa que tiene su trabajo centrado en cuatro o cinco meses en verano mientras que el resto del año no trabaja lo suficiente ni para cubrir gastos.

Por ello, hagamos previamente una valoración de lo que podemos ganar y perder y así no tendremos sorpresas después.