IVA EUROPEO – Modelo 390 (2021) – Adaptación del modelo 390 a los Regímenes especiales de Ventanilla Única
¿A qué afecta?
A la modificación del modelo 390 adaptándolo a la gestión de los nuevos regímenes especiales que entrarán en vigor en próximo 01/07/2021.
¿A quién afecta?
A sujetos pasivos que presenten el modelo 390 y que estén acogidos a todos o algunos de los siguientes regímenes especiales:
- Régimen Exterior de la Unión
- Régimen de la Unión
- Régimen de Importación
Así como también a aquellos que estén acogidos al Régimen Especial del Grupo de Entidades.
¿Cómo afecta?
Volumen de operaciones
- Se modifica el literal de la casilla 103 “Entregas intracomunitarias exentas” que pasa a llamarse “Entregas intracomunitarias de bienes y servicios”. Por tanto, se realiza el mismo cambio que ya se contempló en el modelo 303.
- Deberán declararse las prestaciones intracomunitarias de servicios no sujetas en esta casilla.
- Se modifica el literal de la casilla 110 “Operaciones no sujetas por reglas de localización o con ISP” pasándose a llamar “Operaciones no sujetas por reglas de localización (excepto las incluidas en la casilla 126)”.
- Se acumularán las actuales operaciones no sujetas que ya se están gestionando en la actual casilla 110.
- Se crean nuevas casillas:
- 125 “Operaciones sujetas con ISP”
- Se acumularán las actuales operaciones de ISP que ya se estaban gestionando en la casilla 110.
- 126 “Operaciones no sujetas por reglas de localización acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única”.
- 127 “Operaciones sujetas y acogidas a los regímenes especiales de ventanilla única” que se declaren y liquiden a través del modelo 369.
- 128 “Operaciones intragrupo valoradas conforme a lo dispuesto en los art. 78 y 79 de la LIVA”.
- 125 “Operaciones sujetas con ISP”
- Adaptación del cálculo correspondiente a la casilla 108, a la que se deben añadir las operaciones declaradas en las nuevas casillas 125, 126, 127 y 128.
¿Cuándo afecta?
- Entrada en vigor el 01/07/2021.
- Primera declaración afectada, la correspondiente al ejercicio 2021 que se presentará durante el mes de enero de 2022.
https://www.boe.es/boe/dias/2021/06/24/pdfs/BOE-A-2021-10509.pdf
Orden HAC/646/2021, de 22 de junio, por la que se modifican la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, y el modelo 039 de Comunicación de datos, correspondientes al Régimen especial del Grupo de Entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido, la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y la Orden HFP/417/2017, de 12 de mayo, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los Libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria establecida en el artículo 62.6 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, y se modifica otra normativa tributaria