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Modelo 340: se plantea la obligatoriedad para todos los autónomos

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Hacienda está trabajando sobre un borrador de un próximo Real Decreto en el que se marcaría como obligatorio la presentación del modelo 340 para todas las empresas, tanto autónomos en estimación directa como sociedades mercantiles.

Recordando un poco, éste modelo es el detalle completo de las operaciones que dan derecho para la deducción de IVA así como el devengo del mismo. Para que nos enteremos todos, es una declaración que recopila una a una todas las facturas emitidas y recibidas junto con el resto de documentos o justificantes que dan derecho a la deducción o devengo de IVA.

Situación actual del modelo 340

Actualmente, el modelo 340 sólo lo presentan las empresas que están adscritas al sistema de devolución mensual de IVA. Este modelo requiere el volcado directo de las bases de datos de contabilidad con las facturas detalladas para que se puedan presentar línea a línea todos los registros de IVA incluidos en las correspondientes declaraciones.

Para el resto de empresas mercantiles, sociedades anónimas, limitadas, cooperativas… esta medida se ha aplazado varias veces desde el año 2009, año en el que se dio luz verde a esta nueva vía de información tributaria y actualmente, las empresas que no están adscritas al sistema de devolución mensual del IVA tienen de plazo hasta el año 2014 para adaptar sus sistemas a esta nueva obligación tributaria.

Pero hasta hoy, no se había evaluado la posibilidad de incluir dentro de dicha obligación a todos los autónomos en estimación directa o profesionales y en el fondo, a pesar de ser una carga tributaria adicional para todos, hay que decir que es una buena medida. Es una buena medida dado que si Hacienda quiere conocer con mayor exactitud los movimientos de facturas y la distribución de cuotas devengadas y soportadas entre las empresas, necesita conocer el mayor número posible de registros mensuales.

Los problemas que se plantean para los autónomos

Hacer esta medida obligatoria en el sector de autónomos, obliga a llevar una contabilidad más formal, informatizada y por supuesto, con una frecuencia de actualización superior a la que se hace actualmente. La mayoría de autónomos, bien se llevan ellos mismos sus obligaciones fiscales de una manera «rudimentaria» o bien, contratan los servicios de una asesoría a la que visitan en el mejor de los casos una vez al trimestre como norma general.

Introducir este detalle en la facturación requiere un mayor control de la actividad empresarial en todos los aspectos. Es decir, no vale recopilar todas las facturas en los últimos días del trimestre al igual que tampoco vale facturar a demanda de cuota de IVA. Realmente, esta medida impedirá el desplazamiento de cuotas de IVA de unos trimestres a otros, la ocultación de facturas entre empresas y un mayor ajuste en los volúmenes de compras, ventas y distintos destinos de la actividad empresarial.

Los grandes favorecidos de esta medida; los asesores, dado que el autónomo de a pie debería encomendarse a un profesional que le gestione todas sus obligaciones fiscales, tanto por la carestía de medios informáticos para llevar este tipo de cuestiones como por la falta de tiempo y conocimientos. No obstante, contar con la aseosría debe ser un paso más dentro de la gestión empresarial y no sólo un mal necesario para la gestión fiscal de la empresa, tal y como ocurre hoy día para muchas relaciones empresas-asesor.

Las conclusiones y futura prueba de fuego

A pesar del decreto que se ponga en marcha, Hacienda ya ha preparado una buena prueba de fuego para mejorar el detalle de la información que le comunicamos mediante la acotación trimestral del volumen de operaciones declaradas en el modelo 347 que ya comentamos en estas páginas. Tengamos presente que este paso inicial requerirá una mejora en el tratamiento de datos de todas las empresas a la vez que obliga a todos los autónomos y empresarios a mejorar su tratamiento fiscal en todos los frentes. Seguiremos informando de todos estos cambios tan importantes para la gestión empresarial.

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