Ocupación efectiva del trabajador: ¿Cumple tu empresa con este derecho?

Arantxa Álvaro
Escritora, redactora y abogada, Arantxa es especialista en contenidos jurídicos.

La ocupación efectiva del trabajador es un derecho de cada empleado y una obligación de los empresarios.

  • La falta de ocupación efectiva es un motivo para pedir la resolución del contrato de trabajo.
  • El incumplimiento empresarial de dar una ocupación efectiva puede suponer una infracción grave o muy grave.

El derecho a la ocupación efectiva del trabajador se recoge en el artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores (ET). El trabajador podría solicitar la extinción de su contrato de trabajo por voluntad propia acogiéndose a este derecho, en aplicación del artículo 50 del ET. En este epígrafe, se regula como causa justa para que el trabajador solicite la extinción del contrato de trabajo el incumplimiento de las obligaciones por parte del empresario. Es decir, el derecho a la ocupación efectiva del trabajador es también una obligación del empresario.

¿En qué casos se considera que existe una falta de cumplimiento de la ocupación efectiva del trabajador?

Para que se considere que el empresario ha incumplido su obligación de ocupación efectiva del trabajador es necesario que la falta de ocupación sea grave. Es decir, no es suficiente con que el trabajador tenga pequeños espacios de tiempo en los que no tenga ocupación.

Veamos algunos ejemplos:

Falta de pedidos

Puede darse el caso de que el empresario no dé una ocupación al trabajador como consecuencia de la falta de pedidos. En este caso, se debe valorar si el incumplimiento es grave y es culpa del empresario. En caso contrario, no se daría una falta de ocupación del trabajador.

Incorporación tras una incapacidad temporal

En algunos casos, cuando vuelven a la empresa tras una incapacidad temporal, los trabajadores se incorporan asumiendo sus funciones poco a poco. Esta casuística tampoco se puede considerar una falta de ocupación efectiva del trabajador.

Pérdida de una contrata

También puede suceder que la falta efectiva de ocupación se deba a que la empresa haya perdido una contrata y algunos trabajadores se encuentren durante un tiempo sin trabajo. En este caso, se deberá valorar si existe culpabilidad por parte del empresario y un incumplimiento grave.

Falta de ocupación durante años sin haber reclamado

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía juzgó en 2020 un caso de un trabajador al servicio de las fuerzas militares de Estados Unidos en España, en la base naval de Rota, qué reclamaba la extinción de su relación laboral por inactividad y falta de ocupación durante los últimos 7 años.

El tribunal consideró que no existía un incumplimiento por parte del empresario puesto que el empleado había estado 7 años sin realizar función ninguna, pero no había hecho ninguna reclamación al respecto y, además, recibía un salario elevado y premios en metálico.

Menosprecio de la labor del trabajador

También puede darse el caso de que el empresario cambié las responsabilidades del trabajador y le dé responsabilidades que no corresponden a su formación o a su puesto de trabajo, de manera que se menoscaba su dignidad.

Esta conducta, además de suponer un incumplimiento del empresario, podría considerarse un caso de acoso laboral.

Para que la falta de ocupación efectiva sea considerada acoso laboral debe existir una intencionalidad del empresario, un menoscabo de la integridad moral del trabajador y un trato degradante.

Falta de asignación de funciones y traslado a otra provincia

En 2019 el Juzgado de lo Social número 1 de Huelva condenó a una clínica a pagar una indemnización a un médico al que despidió tras 9 meses sin darle ocupación efectiva y tras haberle trasladado a otra provincia.

En este supuesto, se consideró qué existía una falta de ocupación efectiva continuada y persistente, se reconoció el derecho del trabajador a recibir una indemnización por despido improcedente y a la extinción del contrato de trabajo.

El empresario estará incumpliendo la obligación de aportar una ocupación efectiva al trabajador, siempre y cuando exista culpabilidad y gravedad en su actuación.

¿Qué puede reclamar el trabajador al empresario en caso de falta de ocupación efectiva?

El trabajador que considere que se ha producido un incumplimiento de la obligación del empresario de dar una ocupación efectiva, tiene varias opciones:

  • Solicitar que se le dé una ocupación efectiva por parte de la empresa.
  • Solicitar la extinción del contrato de trabajo por incumplimiento grave de las obligaciones del empresario.
  • Junto con la extinción, puede pedir una indemnización igual a la establecida para el despido improcedente.

El incumplimiento de la obligación puede propiciar que el trabajador solicite la extinción de su contrato de trabajo y una indemnización por despido improcedente.

En resumen, la ocupación efectiva del trabajador es un derecho del trabajador y una obligación para la empresa. Es importante analizar las funciones que desarrolla cada trabajador en tu empresa para ver si tienen una ocupación efectiva.

Salir de la versión móvil