Estrategia y Gestión

¿Puede gestionar la propia empresa los cursos bonificables de la Fundación Tripartita?

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Todas las empresas que cotizan por formación tienen anualmente ayudas en forma de un crédito asignado para emplear en la formación de sus trabajadores, pudiendo deducirse el coste total o parcial de los cursos en los pagos que se realizan mensualmente a la seguridad social por las cotizaciones sociales.

Actualmente, existen infinidad de empresas y organizaciones que gestionan la operativa de los créditos de la fundación tripartita, realizando los trámites administrativos de alta, comunicación de fin de los cursos y toda la gestión documental y administrativa asociada.

Sin embargo, con el certificado digital de la empresa, esta puede acceder a la plataforma y gestionar todo lo relativo a la bonificación de los cursos mediante los créditos de la Fundación Tripartita, aunque la gestión por la propia empresa puede resultar un poco compleja, ya que los requerimientos de información para bonificarse los cursos no son pocos y la gestión de la plataforma sin ser en exceso complicada, si requiere la consulta del amplio manual que la Fundación Tripartita pone a disposición de los usuarios de la plataforma.

Se puede bonificar cualquier acción formativa que guarde relación con la actividad desarrollada por la empresa y esté dirigida a la adquisición y mejora de las competencias y cualificaciones profesionales de los trabajadores, y cumpla con los requisitos de duración y límites de participantes establecidos en la normativa.

¿Cómo calcular el crédito de que dispone la empresa?

El crédito se puede calcular sin certificado digital a través del simulador que la Fundación Tripartita pone a disposición de los usuarios de su web, aunque si se accede a los datos de la empresa con un certificado digital se puede acceder directamente al crédito asignado a la empresa. Los créditos utilizados se deducirán de las cuotas a pagar a la seguridad social por los trabajadores de la empresa.

Para calcular el crédito máximo, las empresas cotizantes deberán de aplicar a su cuota ingresada el año anterior, los siguientes porcentajes de bonificación:

  • Empresas de 6 a 9 trabajadores: el 100%
  • Empresas de 10 a 49 trabajadores: el 75%
  • Empresas de 50 a 249 trabajadores: el 60%
  • Empresas de más de 250 trabajadores el 50%
  • En el caso de empresas de 1 a 5 trabajadores se establece un crédito fijo de 420 euros.

Todas las empresas que cotizan por Formación Profesional, independientemente de su tamaño y fecha de creación, disponen de un crédito para formación mínimo de 420 euros.

¿ Tiene que hacer alguna aportación la empresa o el crédito de la Fundación Tripartita cubre el total de los costes de formación?

Las empresas cuya plantilla sea superior a 5 trabajadores están obligadas a participar en la financiación de los costes de formación de su plan de formación anual (es decir, de la totalidad de los cursos que realice y comunique en la aplicación telemática). Esta aportación se denomina cofinanciación.

La cofinanciación privada varía en función de la plantilla:

  • de 6-9 trabajadores 5%
  • de 10-49 trabajadores 10%
  • de 50-249 trabajadores 20%
  • de más de 250 trabajadores 40%

Las empresas de 1 a 5 trabajadores quedan exentas de cofinanciar con sus propios recursos la formación.

La fórmula para el cálculo de la cofinanciación es la siguiente:

Cofinanciación = (coste total de la formación – bonificación aplicada) + coste salarial de los trabajadores formados en jornada laboral.

¿Qué procedimiento tiene que seguir la empresa para poder bonificarse la formación de sus trabajadores?

Para poder aplicar las bonificaciones, la empresa deberá darse de alta en la aplicación telemática de la Fundación Tripartita, para, de esta manera, poder comunicar la información sobre la formación realizada (inicio, características, finalización, etc.). El acceso a dicha aplicación se realiza mediante un certificado digital de persona jurídica.

Una vez se accede a la aplicación, los pasos a realizar para poder gestionar las bonificaciones son:

  • Informar a la Representación Legal de los Trabajadores.
  • Comunicar el inicio de la formación.
  • Realizar la formación.
  • Comunicar la finalización de la formación.
  • Aplicarse la bonificación.