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¿Puedo solicitar un tipo de IRPF superior al que me corresponde?

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La factura fiscal que un trabajador puede pagar a la Agencia Tributaria puede ser elevada, sobre todo si la retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ha sido reducida. Las retenciones del IRPF vienen determinadas por la Agencia Tributaria, no pudiendo aplicarse una retención menor en la nómina de la que le corresponda, teniendo la empresa responsabilidad directa en esta irregularidad, si la información suministrada por el trabajador mediante el modelo 145 era correcta.

En la parte contraria, puede haber trabajadores a los que les interese que la empresa les retenga un mayor importe, estando en su derecho de solicitar a su empresa que incrementen sus retenciones a cuenta del IRPF, si estiman por sus circunstancias que en la declaración de la renta les puede salir a pagar una alta cantidad.

Las retenciones a aplicar a los trabajadores se pueden consultar por Internet en la web de la Agencia Tributaria, aunque hay que matizar que estas podrían cambiar si durante el ejercicio fiscal cambian las condiciones personales o profesionales, cambios que deben comunicarse mediante el modelo 145, ya que una subida salarial, el nacimiento de un hijo o empezar a percibir una renta por el alquiler de una propiedad, pueden alterar significativamente la declaración de la renta.

Para solicitar un incremento en el tipo de retención del IRPF, se debe realizar la solicitud por escrito, teniendo algunas empresas formularios definidos para ello. Los pensionistas también pueden solicitar a la Seguridad Social un incremento voluntario del tipo de retención.

¿Por qué retiene la Agencia Tributaria una parte de la nómina en concepto de IRPF?

Las empresas están obligadas a retener una parte de la nómina de los trabajadores y de las facturas emitidas por los autónomos, que deben ingresar en la Agencia Tributaria a través del modelo 111, en previsión de lo que estos deberán abonar en su próxima declaración de la renta, de manera que, si las retenciones han sido demasiado altas, es más probable que el resultado sea a devolver; y si han sido bajas, a pagar. Con las retenciones, el estado se financia, adelantando el pago de impuestos y a su vez se asegura de que todos los contribuyentes pagan por lo menos parte de sus impuestos.

¿Hay un tipo máximo de retención?

En la consulta vinculante número V0629-15, la Dirección General de Tributos especifica que, en ningún caso, el trabajador puede solicitar un tipo de retención superior al tipo marginal máximo que figura en la escala del artículo 85 del Reglamento del IRPF, en donde se establecen unos tipos aplicables mínimos y máximos en función del importe de la base para calcular el tipo de retención del contribuyente. El tipo marginal máximo previsto reglamentariamente es del 45%.