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¿Cómo tramitar un aplazamiento de deudas con la Seguridad Social?

Puedes solicitar el aplazamiento de deudas si atraviesas tensiones de tesorería que te dificulten hacer frente a la Seguridad Social.

Sage

Considerar solicitar un aplazamiento de deudas con la Seguridad Social aliviará la carga financiera y evitará sanciones o recargos adicionales.

  • Te explicamos cómo tramitar un aplazamiento de deudas con la Seguridad Social.
  • Conoce las condiciones que debes cumplir para solicitar el aplazamiento de deudas con la Seguridad Social.

Contenido del post

  1. ¿Qué deudas se pueden aplazar con la Seguridad Social y cuáles no?
  2. Condiciones para solicitar el aplazamiento de deudas
  3. Denegación de la solicitud de aplazamiento de deudas?
  4. ¿Qué debemos tener en cuenta después de firmar el aplazamiento de la deuda con la Seguridad Social?
  5. Procedimiento a seguir para solicitar el aplazamiento de deudas con la Seguridad Social

Al atravesar tensiones de tesorería, una de las posibilidades de financiación que tienen las empresas y los autónomos es tramitar un aplazamiento del pago de los seguros sociales.

Este procedimiento es muy sencillo y está estandarizado. Para poder acogerse al mismo, el deudor puede tener esa deuda tanto en periodo voluntario de pago como en vía ejecutiva. Se pueden incluir recargos y sanciones impuestas a la empresa.

El aplazamiento de deudas es un acto administrativo de carácter rogado mediante el cual se autoriza el pago de las deudas fuera del plazo reglamentario de ingreso. Esto se realiza con devengo de intereses, permitiendo al deudor, cuando se cumplan las condiciones requeridas, estar al corriente de las deudas aplazadas.

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1) ¿Qué deudas se pueden aplazar con la Seguridad Social y cuáles no?

Deudas susceptibles de aplazamiento:

  • Cualquier deuda de Seguridad Social objeto de gestión recaudatoria en dicho ámbito, ya sean cuotas, recursos de distinta naturaleza a cuotas o recargos sobre los anteriores.
  • Los recargos sobre prestaciones económicas debido a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por falta de medidas de seguridad solo podrán aplazarse cuando se garanticen íntegramente con aval.

Deudas inaplazables: 

  • Cuotas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Aportaciones de los trabajadores por cuenta ajena o asimilados.

El ingreso de las cuotas inaplazables deberá realizarse en un mes desde la fecha de notificación de la resolución por la que se conceda el aplazamiento.

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2) Condiciones para solicitar el aplazamiento de deudas

  • Garantías: Si el importe total de la deuda es inferior a 30.000 euros, la Seguridad Social no exige garantías de pago. Tampoco es necesario:
  • Presentar avales si la deuda es superior a 30.000, pero inferior a 90.000
  • El plazo de pago es inferior a 2 años y se abona el 30% de la deuda en los 10 días siguientes a la notificación de la aprobación del aplazamiento
  • Plazo de pago: El plazo de pago y las cuotas resultantes se negocian con la Administración. En ningún caso el período total de aplazamiento podrá exceder de 5 años. El deudor hace una propuesta inicial que puede ser admitida o modificada.
  • Tipo de interés: El tipo de interés a aplicar sobre el aplazamiento es el tipo oficial del dinero.

3) Denegación de la solicitud de aplazamiento de deudas

En general, se denegarán las solicitudes cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Existan reiterados incumplimientos de aplazamientos anteriormente concedidos.
  • Cuando al momento de la solicitud hubiera sido ya autorizada la enajenación de bienes embargados.
  • Cuando el importe de la deuda aplazable no supere el doble del salario mínimo interprofesional vigente.

La resolución denegatoria de aplazamiento de deudas podrá recurrirse ante la Tesorería General de la Seguridad Social en alzada o reposición.

4) ¿Qué debemos tener en cuenta después de firmar el aplazamiento de la deuda con la Seguridad Social?

  • Tras la firma del convenio, la Seguridad Social enviará mensualmente al cobro el importe acordado.
  • Desde el momento en que se firma ese acuerdo, la deuda deja de constar como tal. De tal manera que, si pedimos un certificado de deudas con la Seguridad Social, la empresa aparecerá al corriente de pagos.
  • La falta de pago de alguno de los plazos pactados conlleva la anulación automática del aplazamiento. Desde ese momento la Seguridad Social nos reclamará el importe total que quede por pagar.
  • Si la empresa no paga alguna de las nuevas cuotas generadas posteriormente al aplazamiento y durante la vigencia de este:
  • Se anulará el procedimiento,
  • se volcará el total de la deuda
  • y se reclamará en su totalidad.

5) Procedimiento a seguir para solicitar el aplazamiento de deudas con la Seguridad Social

Para cumplimentar el aplazamiento de deudas con la Seguridad Social, se deben seguir los siguientes pasos:

  • Acceder con certificado digital al servicio de solicitud de aplazamiento de cuotas o deudas en la página web de la Seguridad Social. También se podrá presentar la solicitud físicamente o por correo en las oficinas de la Seguridad Social o en la Dirección Provincial de la Tesorería General.
  • Indicar el rol con el que se accede al servicio y cumplimentar el formulario TC 17/10.
  • Anexar la documentación requerida:
    • Reconocimiento de deudas TC 17/11
    • Solicitud de domiciliación de vencimientos TC 17/12
    • Liquidaciones inaplazables y aplazables
    • Relación nominal de los trabajadores TC-2

El tamaño total de la documentación a anexar no deberá superar los 10 MB.

Por lo tanto, si una empresa o autónomo atraviesa tensiones de tesorería que le dificulta hacer frente al pago de sus deudas con la Seguridad Social, el aplazamiento de deudas con este organismo debe ser una opción para tener en consideración.

Nota del editor: Este artículo fue publicado con anterioridad y actualizado a 2023 por su relevancia.