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Creación y crecimiento de empresas: Principales novedades sobre el anteproyecto de ley

ley creación y crecimiento empresas

Así son las medidas para el anteproyecto de ley de Creación y Crecimiento de Empresas que permitirán que sea más sencillo crear una empresa y verla crecer.

  • Lo que conocemos, de momento, solo es un anteproyecto de ley.
  • Es posible que algunas medidas se maticen o incorporen durante la tramitación posterior.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 27 de julio el ​Anteproyecto de Ley de Creación y Crecimiento de Empresas. Coloquialmente, la han rebautizado como ley crea y crece. Con ella, se pretende facilitar ambas etapas del emprendimiento. Para ello, se introducirían diversas novedades que teóricamente se deberían trasladar a una reducción de trabas administrativas.

¡Comparte! Y descubre cómo puede ser la nueva Ley de Creación y Crecimiento de Empresas.

Contenido del post

  1. Medidas para agilizar la creación de empresas
  2. Lucha contra la morosidad
  3. Financiación del crecimiento de empresas
  4. Otros cambios de la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas

Para la economía española, la creación y crecimiento de empresas tiene un papel importante. Por un lado, es un factor de impulso de la productividad y competitividad. Por otro, afianza las perspectivas financieras, ya que un ecosistema empresarial más rico y con empresas más grandes es más resiliente. Se hace visible, por ejemplo, en una menor propensión a sufrir crisis de tesorería a medida que la empresa crece.

En cualquier caso, no debemos perder de vista que se trata de un anteproyecto de ley. Tras el plazo de alegaciones deberá aprobarse como proyecto de ley. Después, pasará a tramitarse en el Congreso de los Diputados y en el Senado. Veamos, de momento, cómo se perfilan las principales novedades que traerá este texto.

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El crecimiento de las pymes es uno de los grandes retos de la economía española.

1) Medidas para agilizar la creación de empresas

El régimen de creación de empresas, en particular de sociedades limitadas, podría verse alterado en varios aspectos:

  • Eliminación de la exigencia de 3.000 euros de capital social mínimo en las sociedades de responsabilidad limitada. El nuevo importe mínimo sería la cifra simbólica de un euro.
  • Desaparición del régimen de sociedades en formación sucesiva, que está destinado actualmente a facilitar que se pueda encontrar los 3.000 euros de capital social mínimo.
  • Para salvaguardar los intereses de los acreedores, un 20 % del beneficio debería destinarse a reserva legal hasta alcanzar los 3.000 entre la suma de capital social y reserva legal. Además, si se liquidase la sociedad, los socios responderían personal y solidariamente con su patrimonio hasta los 3.000 euros.
  • Los notarios deberán informar a los fundadores de sociedades de las ventajas de los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) y el Centro de Información y Red de Creación de Empresa (CIRCE).
  • Incorporación a la ley de la obligación reglamentaria de los notarios de estar disponibles en la Agencia Electrónica Notarial. Los notarios deberán respetar las citas iniciadas a través del sistema CIRCE.
  • En la constitución de sociedades limitadas sin estatutos tipo, se emplearía una escritura con formato estandarizado. Con ello se agilizarían plazos en el Registro Mercantil y se eximiría de tasas de publicación en el BORME.
  • Se prevé una orden ministerial para determinar el procedimiento de adquisición y pérdida de la condición de PAE.
  • El régimen de la sociedad limitada nueva empresa sería eliminado. Se considera que hoy es más ágil el Documento Único Electrónico (DUE).

Desaparecería el mínimo de 3.000 euros de capital social para crear una sociedad limitada.

2) Lucha contra la morosidad

Las pymes son las principales perjudicadas por la morosidad comercial. En parte, lo son por carencias estructurales evitables que les hacen más propensas a sufrir tensiones de tesorería. Por otro lado, su menor poder de negociación las lleva a tener que aceptar con frecuencia plazos de cobro mucho más largos que los de pago. Entre las medidas para aliviar esta situación se encontrarían las siguientes:

  • Se extendería la obligación de expedir y remitir facturas electrónicas a todas las empresas y autónomos en sus relaciones comerciales. El objetivo prioritario es garantizar una mayor trazabilidad y control de pagos. Se pretende, así, obtener información fiable y ágil para conocer los plazos efectivos de pago.
  • En ese sentido, el Programa Digital Toolkit estará dotado con más de 3.000 millones de euros en subvenciones. Se basa en un análisis previo del nivel de madurez digital. A partir de ahí, las empresas podrán identificar sus necesidades de digitalización, entre ellas la de adopción de la factura electrónica, obteniendo una subvención para emplear en la contratación en el mercado de productos o servicios de facturación electrónica y asegurar su implantación efectiva.
  • Además, el período medio de pago sería un criterio para acceder a contratos públicos y subvenciones.
  • Se crearía un Observatorio de Morosidad Nacional.

3) Financiación del crecimiento de empresas

En el ámbito de la financiación, el crowdfunding y el capital riesgo serían los principales afectados con medidas como las siguientes.

  • Por un lado, se adapta la regulación nacional a la normativa europea de plataformas de crowdfunding. Las normas van en consonancia con el Reglamento (UE) 2020/1503, que busca unificar la regulación a nivel europeo. Este, entre otros objetivos, pretende que las plataformas puedan prestar sus servicios libremente en todo el territorio de la Unión Europea.
  • En el ámbito del capital riesgo, se ampliaría el tipo de empresas en las que pueden invertir estas entidades. Se incluiría empresas financieras con un alto componente tecnológico.

4) Otros cambios de la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas

Las relaciones con la Administración también se verían afectadas:

  • Se reforzarían las ventanillas en las que las empresas pueden reclamar ante incumplimientos administrativos de la buena regulación económica.
  • Se ampliaría el catálogo de actividades económicas exentas de licencia. En concreto, se incorporarían al listado estatal las actividades consideradas inocuas por la menos una comunidad autónoma.

Quizá la medida de mayor impacto pueda ser la generalización de la factura electrónica de la mano de las ayudas a la digitalización. La modernización de la gestión de la información comercial y financiera de las pymes es un importante factor de impulso del crecimiento empresarial.

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