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Arbitraje

Términos del Diccionario Empresarial

Arbitraje

Una forma habitual de resolver los conflictos entre dos partes cuando no se logra un acuerdo, es acudir a un tribunal, sin embargo, los tribunales de muchos lugares se encuentran saturados de asuntos y eso supone que se retrasen los juicios y las sentencias.

¿Qué es el arbitraje?

El arbitraje es una solución alternativa a la jurisdicción ordinaria (los tribunales ordinarios), ya que supone un procedimiento mediante el cual se somete una controversia, por acuerdo de las partes, a un árbitro o a un tribunal arbitral, que dictan una resolución que es obligatoria para las partes.

¿Dónde se regula el arbitraje?

El arbitraje se regula en la ley 60/2003, de 23 de diciembre, de arbitraje, que establece aspectos como:

  • Las materias que pueden ser objeto de arbitraje.
  • El contenido del convenio arbitral.
  • El nombramiento de árbitros.
  • Las fases del procedimiento arbitral.
  • El laudo arbitral.

¿Qué características tiene el arbitraje?

El arbitraje tiene una serie de características que son las siguientes:

  • Consenso entre las partes. Solo se puede someter a arbitraje una cuestión si ambas partes están de acuerdo en que sea un árbitro quien conozca el tema.
  • Selección del árbitro. Corresponde a las partes en conflicto la selección del árbitro que va a tener que resolver la controversia. Otra opción es que un determinado organismo proponga a varios árbitros o elija a uno en función de su especialidad.
  • Es confidencial. Tanto el procedimiento de arbitraje como el laudo son confidenciales.
  • El laudo y su ejecución. El laudo es una resolución definitiva, tiene la misma fuerza que una sentencia y se deberá cumplir por las partes.

¿Qué tipos de arbitraje existen?

Aunque existen varios tipos y categorías de arbitraje, se pueden distinguir dos tipos fundamentales:

  • El arbitraje de derecho. En este caso se resuelve la controversia aplicando el ordenamiento jurídico vigente.
  • El arbitraje de equidad. En este tipo de arbitraje los árbitros decidirán aplicando su leal saber y entender. El arbitraje solo se decidirá en equidad si así lo han acordado las partes.

Uno de los arbitrajes de equidad más comunes es el arbitraje de consumo. Se trata de un sistema para resolver los conflictos que surjan entre consumidores y empresas. Se regula por el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo.

¿Cómo se desarrolla un procedimiento arbitral?

El arbitraje se suele desarrollar de la siguiente manera:

  • El procedimiento se inicia con un requerimiento de someter la cuestión controvertida a arbitraje.
  • A continuación, se formulará la demanda y la contestación a la demanda, en las que se harán las alegaciones y se adjuntarán los documentos de prueba que las partes estimen oportunos en relación a sus pretensiones.
  • Los árbitros podrán decidir si desean realizar una audiencia para la práctica de pruebas.
  • Finalmente, el árbitro dictará una resolución (en equidad o conforme a derecho, según hayan acordado las partes), que es el laudo arbitra Puede ocurrir que las partes alcancen un acuerdo durante el procedimiento y soliciten al árbitro que lo recoja en un laudo.
  • El procedimiento terminará con:
    • El laudo.
    • Cuando el demandante desista de su demanda.
    • Cuando las partes acuerden terminar el procedimiento.
  • En el caso en que se dicte un laudo podrá ser anulado por las siguientes causas:
    • El convenio arbitral no existe o no es válido.
    • No se ha notificado la designación de árbitro.
    • Los árbitros han decidido sobre cuestiones que no les han sido sometidas.
    • La designación del árbitro o el procedimiento no se han ajustado al acuerdo de las partes.
    • Se ha resuelto sobre cuestiones que no se pueden someter a arbitraje.
    • El laudo es contrario al orden público.

El arbitraje, por lo tanto, puede ser una buena alternativa para resolver de forma rápida y por profesionales cualificados los conflictos que surjan entre dos partes.