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Quiebra

Términos del Diccionario Empresarial

Quiebra

Situación jurídica de una persona o empresa incapaz de hacer frente a sus obligaciones de pago frente a sus acreedores, debido a sus pérdidas o ruina. Al hablar de empresas se dice que están en posición de bancarrota, cuando las deudas superan a los bienes y a los créditos. Este término también se conoce con expresiones como «empresa concursada o en concurso». Se diferencia de otras situaciones como la suspensión de pagos por su carácter permanente.

Cuando se declara legalmente una quiebra, la empresa va a concurso de acreedores (o proceso concursal) donde se examina si el patrimonio del quebrado puede liquidarse con la intención de hacer frente a sus obligaciones. El concurso de acreedores es un procedimiento de ejecución colectiva por el que los distintos acreedores de un deudor que se encuentre en estado de insolvencia definitiva (esto es, quiebra) intentan satisfacer sus créditos con el patrimonio del deudor, respetando el orden de prelación de créditos.

El concurso de acreedores puede ser:

1) voluntario, solicitado por el mismo deudor, quien cede sus bienes a los acreedores, y

2) necesario, cuando la declaración de concurso sea a instancia de todos los acreedores o cualquiera de ellos. El Código de Comercio regula esta situación en la que, en primer lugar, el empresario se declara en quiebra y se produce automáticamente el cese de los pagos a los acreedores.

Durante el tiempo que dura el concurso de acreedores, estos acreedores no pueden desarrollar acciones legales individualmente para el cobro de las deudas y durante ese plazo, el quebrado procede a la venta de su patrimonio para hacer frente a las ventas. Al final, los bienes son repartidos entre el conjunto de los acreedores hasta que la deuda quede satisfecha.

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