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IVA EUROPEO – Bizkaia – Modificación en el modelo 303 (2021)

Sage

¿A qué afecta?

A la modificación del modelo 303 con motivo de la trasposición de las Directivas de comercio electrónico.

¿A quién afecta?

  • A los sujetos pasivos que presenten el modelo 303
  • A aquellos sujetos pasivos que estén acogidos a la ventanilla única.

¿Cómo afecta?

A la modificación del modelo 303 del siguiente modo:

  • Se añade una nueva partida 109, “OSS operaciones sujetas y acogidas a la OSS”.
  • Cambios en acumulaciones de operaciones debido al cambio de literales.
  • Se procede a hacer cambios en las literales de algunas casillas del modelo:
    • Bloque Liquidación – IVA devengado
      • Casilla 17: cambiar literal de “Adquisiciones intracomunitarias” a “Adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios”
    • Bloque Liquidación – IVA soportado
      • Casilla 26: cambiar literal de “Iva deducible en adquisiciones intracomunitarias” a “Iva deducible en adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios”.
    • Bloque Operaciones específicas
      • Se plantean cambios de literales. En rojo los cambios.
Partida Literal anterior Nuevo literal
104 Exportaciones y operaciones asimiladas Exportaciones y otras operaciones exentas con derecho a deducción
105 Entregas intracomunitarias Entregas intracomunitarias de bienes y servicios
106 Otras operaciones no sujetas o exentas con derecho a deducción Operaciones no sujetas por reglas de localización (excepto las incluidas en la casilla 108)
107 Operaciones por inversión del sujeto pasivo no incluidas en liquidación Operaciones sujetas con inversión del sujeto pasivo
108 Prestaciones intracomunitarias de servicios localizadas fuera del territorio de aplicación del impuesto OSS Operaciones no sujetas por reglas de localización acogidas a la OSS.
109 OSS operaciones sujetas y acogidas a la OSS
  • Se procede a implementar cambios realizados en su momento en Territorio Común y que no fueron implementados:
    • En la casilla 104, al cambiar el literal, deberán acumularse las operaciones exentas con derecho a deducción que antes se acumulaban en la casilla 106 (literal hasta 30/06/20021 “Otras operaciones no sujetas o exentas con derecho a deducción”).
    • En la casilla 105, al cambiar el literal a “Entregas intracomunitarias de bienes y servicios” deberán acumularse las Prestaciones intracomunitarias de servicios no sujetas”.

¿Cuándo afecta?

  • Entrada en vigor, 31/07/2021
  • A partir del 01/07/2021.
  • Primera liquidación afectada la correspondiente al mes de julio que se presentará durante el mes de agosto de 2021.

https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2021/07/30/I-643_cas.pdf