Qué puedes deducirte en tus viajes al extranjero por trabajo
Si viajas por trabajo al extranjero y eres autónomo, alguna vez te habrás preguntado si […]
- Es posible que a medida que tu empresa crezca tengas clientes en el extranjero y se planteen reuniones para las que te tendrás que desplazar fuera de España.
- ¿Sabes qué gastos puedes deducirte y si puedes reclamar el IVA de transporte, alojamiento y comidas? Te contamos todos los detalles.
La internacionalización de las empresas es un hecho, en un mundo cada vez más globalizado en el que se buscan oportunidades de negocio en otros países.
Como ya sabrás cada trimestre y a fin de año, los autónomos y las empresas deben presentar la declaración del IVA soportado y repercutido, pero cuando viajas al extranjero por trabajo, el IVA soportado no lo pagas en España por lo que el procedimiento es diferente.
Condiciones para recuperar el IVA pagado fuera de España
Si quieres pedir que te devuelvan el IVA que hayas abonado fuera de España, deberás cumplir una serie de requisitos que son los siguientes:
- Solicitar y conservar la factura de cada gasto. La factura deberá estar hecha a nombre del empresario y contener todos los datos esenciales: nombre de la empresa que factura, identificación fiscal, importe total, IVA aplicable etc.
- Solicitar la devolución solo de gastos deducibles. Los gastos deducibles pueden ser los siguientes: medios de transporte (avión, tren, taxi, alquiler de vehículos etc.), hoteles, servicios de otros profesionales (abogados o notarios, por ejemplo) y otros gastos que estén relacionados con tu actividad.
- El importe abonado debe ser mayor de 50 euros. A partir de 50 euros se puede solicitar la devolución. Si el importe pagado está entre 50 y 400 euros podrás presentar una declaración trimestral.
¿Cómo se solicita la devolución del IVA pagado fuera de España y en qué plazo?
Si cumples los requisitos que hemos visto y el gasto se ha producido en un país de la Unión Europea, podrás solicitar la devolución mediante el modelo 360 que se presenta de forma telemática. En el modelo se debe incluir la siguiente información:
- Datos de la empresa que te ha facturado.
- Datos de la factura (fecha, base imponible, IVA y concepto).
- Además, deberás adjuntar copia de la factura.
Deberás presentar una solicitud para cada país en el que hayas pagado IVA y el plazo de presentación vence el 30 de septiembre del año siguiente a la factura.
En el caso de países no comunitarios, solo podrás solicitar que se te devuelva el IVA pagado cuando España tenga un acuerdo de reciprocidad con ese país. Algunos de los países que tienen convenios con España son: Canadá, Japón, Suiza o Israel, entre otros.
La deducción de los gastos de viajes al extranjero en el IRPF y en el IS
En el caso en que seas autónomo y tengas que realizar un gasto por un viaje fuera de España te podrás deducir en el IRPF lo que hayas pagado, teniendo en cuenta los límites establecidos: 48,08 euros al día si no duermes en el país de destino y 91,35 euros al día si duermes fuera de España. Dichos importes deberán pagarse con tarjeta.
Por lo que se refiere a las empresas, se podrán deducir en el Impuesto sobre Sociedades, el gasto realizado por el viaje al extranjero siempre que se cumplan las condiciones legales establecidas: que haya una correlación de ingresos y gastos, que el gasto esté debidamente justificado con factura y que el gasto tenga relación con la actividad de la empresa.
Para poder controlar todos los gastos de tu empresa y deducirte los gastos de viaje, es necesario que estén contabilizados y para ello puedes utilizar un software de contabilidad online al que puedas acceder desde cualquier lugar y en cualquier momento.