Estos son los errores que un asesor evitará que cometas al darte de alta en autónomos
La puesta en vigor de la nueva ley de autónomos, con la extensión de la tarifa plana, puede que anime a muchos a darse de alta en el RETA. Antes de comenzar a realizar todos los trámites, lo ideal es consultar con un profesional que conozca todo el proceso. Por eso, vamos a ver los errores que un asesor evitará que cometas al darte de alta en autónomos.Pasar de trabajador por cuenta ajena a cuenta propia supone grandes cambios. Tenemos que empezar a pensar como empresa, simplemente por el hecho de manejar conceptos como contabilidad o fiscalidad. Son cuestiones en muchas ocasiones alejadas de nuestra profesión. Además, hay errores en el alta en autónomos que se pueden subsanar fácilmente, pero otros suponen un problema a largo plazo y no es tan fácil revertirlos.
Los errores graves más frecuentes en los trámites con Hacienda
El primer punto que puede ser complicado es no capitalizar el paro antes de darse de alta. Es una solicitud que tenemos que hacer antes de darnos de alta para poder contar con un capital para iniciar nuestra actividad. Aquí el orden de los factores sí altera el producto y podemos perder el derecho que teníamos si lo solicitamos tras darnos de alta.
No elegir el epígrafe adecuado en el IAE, ya que va a marcar la forma en la que vamos a tributar o las obligaciones posteriores. Aquí es básica la ayuda de un profesional para que nos ayude a visualizar las ventajas de darnos de alta en uno u otro epígrafe.
En función de la opción elegida, tendremos que cumplimentar el modelo 036 o el 037. También tendremos diferentes obligaciones fiscales, plazos de presentación, etc. Todo esto puede ser abrumador si no contamos con ayuda.
Con la nueva ley de autónomos, si se trabaja desde casa se podrán deducir los suministros de luz, Internet, teléfono o agua. Para ello, es necesario, al darse de alta en Hacienda, reflejar el porcentaje afecto de la vivienda. El derecho de deducción es de un 30% sobre los suministros, al que luego se aplica el porcentaje afecto de la vivienda. Mejor pecar por exceso que por defecto, mejor un 50% de la vivienda dedicada a la actividad que un 10%.
Los errores graves más frecuentes en los trámites con la Seguridad Social
Igualmente, una vez que hemos cumplido el trámite con Hacienda, nos toca hacerlo con la Seguridad Social. Tenemos 30 días naturales para hacerlo, y lo ideal es hacerlo en el mismo mes en el que se ha producido el alta en actividades económicas. Lo que evitará que estemos facturando sin estar inscritos en el RETA. Además, puede que tengamos que pagar recargos de demora en las cuotas atrasadas.
Al darse de alta en la Seguridad Social, es el momento de acogerse a las bonificaciones en la cuota de autónomos. Si queremos tener derecho a la tarifa plana de 50 euros en el primer año de actividad, hay que solicitarlo justo en el momento del alta.
Por último, hay que señalar si queremos cotizar por contingencias profesionales. Al principio de actividad siempre queremos pagar lo menos posible. Además, el límite psicológico de los 50 euros resulta muy atractivo. Pero si luego sufrimos una enfermedad o un accidente, veremos que nuestra cobertura es mucho mejor por pagar un poco más al mes.
Otros errores que un asesor te ayudará a evitar en el alta en autónomos
Hay otros errores que podemos evitar fácilmente simplemente por contar con asesoramiento. Uno de ellos es darnos de alta en una cooperativa de facturación. Es una solución que muchos autónomos a tiempo parcial o que facturan esporádicamente adoptaron en su momento. Pero la Agencia Tributaria las tiene en el punto de mira.
Como hemos visto antes, aunque es posible hacerlo en determinadas circunstancias, facturar sin cotizar puede salirnos muy caro. A pesar de las lagunas normativas que siguen sin resolverse, es mejor tener toda la información para poder tomar nuestra decisión de forma adecuada.
Poner un negocio en marcha supone que muchas veces tenemos que realizar inversiones. Un error muy habitual es comprar material deducible antes del alta. Después no podremos deducirnos ni el IVA ni el gasto como tal en el IRPF, ya que no eramos autónomos en la fecha que consta en la factura.
Algo similar ocurre si se realizan compras intracomunitarias sin estar de alta en el ROI. Lo mismo si vendemos o prestamos servicios a otros países. Pero el primer caso suele ser bastante habitual. Compramos algo por Internet, que venden desde Francia o Italia, por ejemplo; para deducirnos el IVA, es necesario darse de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios.
Quizás son demasiadas cosas que salen fuera de nuestra zona de confort para manejarlas adecuadamente. Por eso lo ideal es asesorarse desde el principio. Algunos errores son fácilmente subsanables, pero otros podemos pagarlos muy caros. Especialmente si se mantienen en el tiempo, algo habitual si no hemos tenido un buen asesoramiento en el inicio de nuestra actividad.