Finanzas

Pago anticipado a proveedores: Qué es y cómo contabilizarlo

Analizamos las implicaciones contables y fiscales de un pago anticipado a proveedores y las razones que pueden llevarte a aceptarlo.

Sage

En este artículo te contamos cómo funciona el pago anticipado a proveedores, qué es y cómo se contabiliza.

  • El anticipo del pago al proveedor también supone un adelanto en el devengo del IVA.
  • Los pagos anticipados a proveedores son un desafío para la tesorería.

El pago anticipado a proveedores no es, en la mayoría de los negocios, lo más habitual. De hecho, suele ser normal que desde la entrega del bien o la prestación del servicio haya un plazo para pagar. En los últimos años se han tomado medidas legales para reducir esos períodos de tiempo. En especial para evitar casos de abuso cuando el proveedor es una pyme.

Anticipar el pago es, en cierto sentido, dar la vuelta a la situación. Es el adquirente el que tiene que financiar durante un cierto período la operación. No obstante, no es siempre una situación sencilla para las pymes. En muchos casos son ellas las que tienen que adelantar un dinero a otras empresas.

Contenido del post

  1. ¿Por qué nos pueden solicitar un pago anticipado?
  2. El anticipo a proveedores y el IVA
  3. ¿Cómo tiene que ser la factura de un pago anticipado?
  4. La imputación del pago anticipado a proveedores en el IS
  5. El pago anticipado a proveedores y el IRPF
  6. Contabilización del anticipo a proveedores

1) ¿Por qué nos pueden solicitar un pago anticipado?

Las razones para pedir un pago anticipado pueden ser, entre otras:

  • Un importe muy elevado del precio. Así, el proveedor intenta cubrirse frente a ciertos riesgos como el de trabajar en un pedido costoso que no termine de materializarse.
  • Un período muy amplio para culminar la producción. El proveedor evita tener que financiar durante demasiados días su ciclo de explotación. Además, minimiza la probabilidad de que el cliente desista de la adquisición durante la espera.
  • Puede utilizarse como medida para mitigar la morosidad. Si el cliente ya ha pagado una cantidad, el proveedor puede pensar que somos solventes y estamos dispuestos a cumplir en tiempo y forma con nuestras obligaciones.
  • Una solicitud a clientes habituales para paliar algún problema de tesorería.

En cualquiera de los casos, es importante que antes de tomar una decisión para anticipar un pago, tengas una visión global. Para ello, lo mejor es contar con herramientas que, como Sage 50, conjunten la contabilidad y la gestión.

2) El anticipo a proveedores y el IVA

Por lo general, el IVA se devenga en el momento de la entrega del bien o la prestación del servicio. En el caso de que haya pagos anticipados, el impuesto se devenga en el momento del cobro total o parcial del precio por los importes percibidos.

El pago anticipado al proveedor adelanta el momento de devengo del IVA, que se produce en ese mismo instante.

Uno de los casos particulares se produce cuando no se paga por adelantado, sino que media una operación con letras de cambio o pagarés. Por ejemplo, aceptas o endosas una letra de cambio. Desde entonces, el proveedor podría buscar la forma de convertirla en dinero en efectivo a través de un nuevo endoso o de un descuento. Sin embargo, ello no da lugar a que se devengue el IVA, sino que este se devengará cuando el librado pague al tenedor. 

3) ¿Cómo tiene que ser la factura de un pago anticipado?

Normalmente, el proveedor debe remitirte las facturas cuando expide el bien. Sin embargo, dado que en este caso se adelanta el devengo del IVA, se darán los siguientes plazos:

  • En general, hasta el 16 del mes siguiente al devengo, que se habrá producido en el momento del anticipo del pago.
  • Siendo el destinatario un empresario o profesional, incluso en operaciones sujetas al régimen de caja, el plazo llega hasta el 16 del mes siguiente. No obstante, si el destinatario no hubiese tenido tal calificación, la facturación debería haberse expedido en el mismo momento de la operación.

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4) La imputación del pago anticipado a proveedores en el IS

En el impuesto sobre sociedades la regla general es la imputación conforme se produzca el devengo contable. Además, un gasto no suele ser deducible en este impuesto mientras no se haya contabilizado. Por tanto, un pago anticipado no permite deducir antes ese gasto ni, en consecuencia, retrasar el pago del impuesto.

No obstante, existen otras posibilidades. Uno de los casos es aquel en el que el contribuyente propone otros criterios de imputación temporal. Se hace con el fin de conseguir la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados.

  • Deberá señalarse en la memoria por qué no se aplica el criterio general y su influencia sobre el patrimonio, la situación financiera y los resultados de la empresa. También se permite no aplicar el principio de devengo cuando el efecto sea escasamente significativo y no altere la expresión de la imagen fiel.
  • La aplicación de dichos criterios exige la previa aprobación de la Administración.

5) El pago anticipado a proveedores y el IRPF

Las personas físicas que declaran el rendimiento de sus actividades económicas en el IRPF, por lo general, imputan los rendimientos siguiendo los criterios del impuesto sobre sociedades. Siguiendo esa regla, no sería posible retrasar el pago del impuesto pagando a proveedores en un período anterior a la entrega del bien o la prestación del servicio.

No obstante, algunos contribuyentes sí pueden decidir aplicar un criterio de imputación temporal de cobros y pagos. Así, declararían el gasto en el período que se haya producido el pago y no la entrega. A cambio, entre otros aspectos, tienen que declarar los cobros anticipados a clientes en el período en que se produzcan. Para poder aplicar este criterio deben cumplirse ciertos requisitos y condiciones:

  • No tienes que estar obligado a llevar una contabilidad conforme al Código de Comercio. Debes llevar tus obligaciones contables y registrales mediante los correspondientes libros fiscales.
  • La opción por este criterio se manifiesta en la declaración de la renta y deberás mantenerla durante tres años.
  • Pierdes esta opción si con posterioridad te surge la obligación de llevar una contabilidad conforme al Código de Comercio.
  • Si sigues este criterio para una actividad económica, debes seguirlo para todas las que realices.
  • Los cambios de criterio no impedirán que se imputen los gastos o ingresos pendientes de imputar. Tampoco supondrá que gastos o ingresos que se hayan imputado se imputen nuevamente.

6) Contabilización del anticipo a proveedores

El esquema normal de contabilización del pago anticipado a proveedores es el siguiente:

  • El pago lo cargarás a la cuenta 407 por la suma del importe sin IVA que hayas pagado y la parte no deducible del IVA. Cargarás también por la parte deducible del IVA soportado, la cuenta 472. Todo ello con abono a las cuentas que correspondan de tesorería por el importe total del pago realizado.
  • Cuando recibas las existencias a conformidad, cargarás la cuenta correspondiente del subgrupo 60 para reflejar la compra con abono a la cuenta 407.

Como ves, su contabilización es sencilla. Sin embargo, debes considerar sus implicaciones comerciales, de tesorería y fiscales. Lo más adecuado es que cuentes con el auxilio de herramientas que, como Sage 50, te facilitan todos los puntos de vista.

Nota del editor: Este artículo fue publicado con anterioridad y actualizado a 2023 por su relevancia.