Legal

Real Decreto de Igualdad de Trato y Oportunidades en el Empleo

Sage

¿A qué afecta?

A la cotización, afiliación a la SS y comunicación a INSS. Asimismo, a la gestión de las relaciones laborales por parte de la empresa con sus trabajadores y las obligaciones que tiene ésta en su gestión.

¿A quién afecta?

A todas las empresas que tengan contratados a trabajadores por cuenta ajena.

¿Cómo afecta?

Las novedades que establece el citado Real Decreto son, entre otras con distintas afectaciones, las siguientes:

El trabajador tiene derecho a la suspensión de su contrato de trabajo durante ocho semanas, de las cuales las dos primeras serán ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la fecha del nacimiento, de la decisión judicial de guarda con fines de adopción o acogimiento. Las seis semanas restantes podrán disfrutarse interrumpidamente en los términos que establece el decreto.

Este permiso aplicará para los nacimientos, adopciones, guardas con fines de adopción o acogimiento que se produzcan a partir del 1 de abril de 2019.

  • Obligación de las empresas del registro de salarios

Los empresarios estarán obligados a llevar un registro con los valores medios de los salarios, complementos y percepciones extrasalariales, diferenciados por sexo, grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de igual valor. Los empleados tendrán derecho a acceder a este registro a través de la representación legal de los trabajadores de su empresa.

Esta obligación resulta aplicable a partir del 8 de marzo de 2019.

  • Cambio de denominación de la prestación de maternidad

La prestación de maternidad pasa a llamarse ‘prestación por nacimiento y cuidado del menor’.

  • Nueva prestación de corresponsabilidad en el cuidado del lactante

Se crea una nueva prestación llamada ‘corresponsabilidad en el cuidado del lactante’, consistente en la reducción de la jornada de trabajo en media hora desde que el/la hijo/a cumpla nueve meses hasta los doce meses de edad.

Cuando concurran en ambos progenitores las circunstancias necesarias para tener la condición de beneficiarios de la prestación, el derecho a percibirla solo podrá ser reconocido a favor de uno de ellos.

Esta prestación es de aplicación a los nacimientos, adopciones, guardas con fines de adopción o acogimiento que se produzcan a partir del 8 de marzo de 2019.

¿Cuándo afecta?

Ver en la redacción de cada punto de las novedades.

Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación: https://www.boe.es/boe/dias/2019/03/07/pdfs/BOE-A-2019-3244.pdf