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Excepciones al control horario (II): teletrabajo (video)

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Desde el pasado 12 de mayo de 2019 todas las empresas españolas tienen la obligación de llevar a cabo el control de horario de los trabajadores.

  • El control de la jornada de trabajo es obligatorio y el incumplimiento puede suponer la imposición de sanciones.
  • Pero, aunque ya tenemos clara la obligación de registrar la jornada de trabajo, ¿qué ocurre con los teletrabajadores?, ¿también hay que realizar el control horario?, ¿cómo se puede hacer? En este post resolvemos todas tus dudas.

Muchas empresas apuestan, como forma de negocio, por el teletrabajo y, otras, en el marco de las medidas de conciliación laboral, implantan el teletrabajo para que sus empleados puedan disfrutar de su vida personal y conciliarla con la laboral.

La obligación de registro de la jornada laboral afecta también al teletrabajo pero por la especialidad de este tipo de trabajo, el control horario tiene que hacerse con medios específicos y teniendo en consideración las especialidades.

¿Qué es el teletrabajo y qué especialidades tiene?

El teletrabajo supone una forma de organizar del trabajo de forma flexible que se caracteriza por:

  • La no presencia física del trabajador en las oficinas del empresario durante la jornada laboral.
  • El uso de medios electrónicos para trabajar y para las comunicaciones entre el trabajador y la empresa.
  • La flexibilidad horaria, en muchos casos, que permite adaptar la jornada a las necesidades del trabajador siempre que se cumplan unos mínimos.
  • La realización de una gran diversidad de actividades que son susceptibles de hacerse mediante el teletrabajo.

¿Qué modalidades de teletrabajo existen?

Existen diversas modalidades o circunstancias en las que se puede dar el teletrabajo:

  • Un trabajador que trabaja toda o parte de la jornada en su domicilio.
  • Un trabajador que trabaja toda o parte de la jornada en una oficina con recursos compartidos o centro de coworking.
  • Un trabajador que viaja por su trabajo y cuando lo hace, trabaja en remoto.

¿Cómo se hace el control horario en estos casos?

Tal y como decíamos anteriormente, el control horario se debe realizar también en estos casos y ese control no es ningún impedimento para que esta forma de trabajo pueda ser operativa, sino una garantía de que se cumple la normativa aplicable y de que se respeta la conciliación de vida laboral y personal.

Aunque en estos casos el registro de la jornada de trabajo también debe ser diario, no podemos olvidar que puede que algunos días la jornada sea más larga y otros más corta, por lo que es necesario ponderar y considerar un periodo de tiempo más largo que un día.

Es decir, es posible que el trabajador y el empresario hayan acordado una jornada mensual, que será lo que se tenga que ver a la hora del registro horario.

Además de lo anterior, para realizar el control efectivo de la jornada de trabajo se pueden utilizar diversos medios como:

  • Una hoja Excel que elabore el empleado con todos los datos diariamente.
  • Un sistema electrónico, como un software o una aplicación para el móvil, por el que se controle el tiempo que el trabajador permanece conectado y trabajando.
  • En este sentido Sage Control Horario es la solución adecuada puesto que permite:
    • Controlar si se hacen horas extras.
    • Dar acceso a la información al teletrabajador desde cualquier lugar.
    • Emitir listados oficiales por si tienes una Inspección de Trabajo.
    • Adaptarse a todo tipo de jornadas y empresas de diversos tamaños (grandes, pequeñas o medianas).

Tal y como has visto, si tienes teletrabajadores también debes realizar el registro de la jornada de trabajo, pero deberás considerar las especialidades de este tipo de trabajadores.

¿Estás preparado para cumplir con la ley del control horario?

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