Factura electrónica obligatoria: Este es el calendario de implementación
En este artículo te explicamos cuándo va a ser obligatoria la factura electrónica en relaciones B2B y cómo será el proceso de cambios.
En este contenido actualizado, te explicamos cuándo llegará la factura electrónica obligatoria en las relaciones B2B y cómo encaja dentro del nuevo escenario normativo que incluye Verifactu y el software de facturación certificado. Repasamos qué se sabe del calendario de implantación, qué ha cambiado en 2025 y qué se espera realmente para los próximos años.
- En los próximos años, se irán sucediendo cambios en la factura electrónica B2B, el software antifraude y Verifactu.
- La mejor estrategia es la anticipación con un flujo natural de cambios sencillos.
En estos momentos, muchas pymes y autónomos se preguntan cuándo va a ser obligatoria la factura electrónica. Realmente, es una pregunta, hasta cierto punto, equivocada. Lo que hay que ir planteando no es una fecha límite, sino una transición suave.
En estos momentos, muchas pymes y autónomos se preguntan cuándo va a llegar la factura electrónica obligatoria a las relaciones B2B. Realmente, es una pregunta, hasta cierto punto, equivocada. Lo que hay que ir planteando no es un conjunto de fechas límite dentro del calendario de implementación, sino una transición suave.
Un ejemplo cercano te ayudará a entender el valor de la anticipación. Como sabes, de forma paralela a los cambios en la factura electrónica, viene desarrollándose la reforma del software antifraude.
Pues bien, quienes apuestan por soluciones como Sage Active, Sage 50, Sage 200, Sage X3 y Sage for Accountants ya tienen su software preparado para Verifactu desde el 16 de abril de 2025. Con el aplazamiento aprobado por el Gobierno, la entrada obligatoria de Verifactu se traslada a 2027, manteniendo el mismo calendario, pero desplazado un año.
La ‘moraleja’ es clara: hay que apostar por software que te dé el suficiente tiempo no solo para cumplir con las novedades, sino para poder estar adaptado antes que tus competidores.
¿Tu software ya está preparado para Verifactu 2027?
✅ El calendario cambia y la entrada obligatoria se aplaza a 2027, pero la oportunidad de profesionalizar tu facturación sigue ahí.
Y aquí tienes una ventaja: en Sage hemos sido los primeros en certificar nuestras soluciones con Verifactu, garantía de que ya trabajas con un software verdaderamente adaptado a la Ley Antifraude.
Contenido del post
Lo que ya sabíamos antes de 2025 sobre el calendario de implementación
En realidad, el pistoletazo de salida lo dio la publicación de la Ley Crea y Crece, en 2022. Lo que sucede es que esta marca unos plazos condicionados a la publicación del reglamento de facturación electrónica.
En teoría, según el texto del borrador del proyecto de Real Decreto, hasta un año después de que se publique no surge ninguna obligación nueva. Por tanto, puede surgir la tentación de cruzarse de brazos. Sin embargo, esa no es la filosofía. Al contrario, debes ser proactivo por varias razones:
- Aunque sea una reforma diferente, tienes una referencia próxima: el proyecto Verifactu. De este ya se saben algunas cosas importantes, fruto de normas como el reglamento Verifactu o la Orden HAC/1177/2024. Todo ello te permite vislumbrar novedades en tus propios procesos administrativos que puedes ir valorando tranquilamente.
- Internamente, es interesante que aproveches este tiempo para analizar quiénes facturan en tu empresa. Habrás de trazar perfiles y ver qué tipo de formación adicional necesitará cada uno.
- También puedes ir hablando con clientes empresariales y proveedores. Quizá todavía no les afecten algunas obligaciones, pero están al caer y un buen número querrá pasarse al formato electrónico. De hecho, muchos negocios comenzarán a facturar electrónicamente porque se lo piden otros antes de que sea obligatorio por ley.
- Con tu análisis interno, las peticiones externas y los detalles normativos también las asesorías y despachos profesionales tendrán mucho más que decir. Pide consejo, expón tus dudas y temores, expresa cuáles son tus puntos a reforzar y pregunta cómo superarlos.
Con todo este trabajo adelantado, en el momento en el que haya una factura electrónica obligatoria, verás como todo fluye con facilidad. Y recuerda que, aunque el reglamento traerá algunos cambios, si tu cliente te autoriza, ya has podido facturar electrónicamente.
2025-2026: ¿Qué pasará con la factura electrónica obligatoria?
Actualización 2025: Aunque Verifactu ha pospuesto su entrada obligatoria a 2027, el calendario de la factura electrónica B2B sigue dependiendo del desarrollo reglamentario. Esto significa que, aunque ambos proyectos avanzan en paralelo, sus fechas no están alineadas (de momento), y 2025–2026 serán años clave para conocer los plazos definitivos.
En 2025, un nuevo borrador para el proyecto de reglamento ha tenido que pasar una segunda fase de audiencia pública.
El texto ha cambiado en algunas cosas. Una de ellas, de las más importantes, es la forma en la que se aplicaría el calendario de implementación: Seguramente, lo iremos concretando a lo largo de 2025 y 2026. De momento, lo que se vislumbra es lo siguiente:
- En primer lugar, tiene que aprobarse el reglamento de facturación electrónica. Todo parece indicar que, tras haber finalizado una segunda fase de audiencia pública, ese momento está cercano.
- Si no hay cambios de redacción en el texto final del reglamento, en esta nueva versión, se marca otro hito en el calendario de implementación. Se trataría de la publicación de una orden ministerial que desarrolle los aspectos más técnicos. No sería demasiado raro que esta llegase incluso más allá del final de 2026, ya durante 2027.
- Una vez tengamos esa fecha marcada (la de la publicación de la orden ministerial que desarrolle el reglamento), este último entraría en vigor transcurrido un año adicional. Por tanto, es probable que ello nos lleve ya a 2027 o 2028.
Cómo prepararse antes de que el calendario de implementación eche a andar
Cuando la reforma eche a andar, las novedades comenzarán, en ese primer momento, con empresas o autónomos con más de ocho euros de facturación. Sin embargo, el cambio va más allá y deberás tenerlo presente:
- Por un lado, junto con las nuevas obligaciones de facturar electrónicamente surge un nuevo protocolo. Hay cambios sutiles pero importantes. Por ejemplo, cada vez que envíes una factura electrónica estarás obligado a ponerla en conocimiento de la Administración. Para ello, se arbitrarían dos posibilidades: utilizar la solución pública de facturación o enviar a esta una copia de la factura electrónica.
- Surgirán plataformas privadas que faciliten el intercambio electrónico de facturas.
- Por su parte, la solución pública contará con ciertas funcionalidades. Por ejemplo, podrá ser utilizada con tu permiso por tu plataforma privada para la interconexión con otra plataforma privada del destinatario de la factura. Además, servirá de repositorio universal y obligatorio de todas las facturas electrónicas y, si lo deseas, para realizar la facturación e, incluso, los seguimientos de los cobros.
- Las grandes empresas (que tienen más de 8 millones de euros de facturación) tendrán que expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones B2B de forma obligatoria desde el primer momento.
- Muchas pequeñas empresas y autónomos también transitarán hacia una facturación electrónica, aunque aún no sea obligatorio para ellas. Algunas se moverán a ella por el influjo de los acuerdos a los que lleguen con las grandes; otras, por anticipación.
- También habrá excepciones, casos en los que no será obligatoria la factura electrónica B2B, aunque sí pueda emplearse de forma voluntaria. Entre ellos, destacan las facturas simplificadas y las emitidas por ciertos sectores que autorice el ministro.
Cuando te acostumbras y tienes claro quién va a facturar electrónicamente y cómo lo hará, todo fluye de forma mucho más natural.
¿Y la Ley Antifraude de 2021?
2025 y 2026 también serán años de cambios indirectos en la factura electrónica procedentes de la ley antifraude de 2021. Estos afectarán a los empresarios y profesionales que no están en el SII y emplean sistemas informáticos de facturación. En particular, veremos una cascada de cambios progresivos, entre los que destacan los siguientes:
- El 29 de julio de 2025 los productores y comercializadores de software solo podrán producir y vender software certificado. Recuerda, en ese sentido, que Sage ya ha hecho los deberes con antelación y tiene sus soluciones adaptadas a las nuevas normas desde el 16 de abril.
- Los contribuyentes del impuesto sobre sociedades (como una sociedad limitada o una anónima, por ejemplo) estarán obligados a utilizar el software certificado el 1 de enero del 2027 tras el aplazamiento del Gobierno.
- El resto de los obligados (como una persona física o una sociedad civil, por ejemplo) tendrían de plazo hasta el 1 de julio de 2027 tras el aplazamiento del Gobierno.
- Por otro lado, próximamente, entrará en funcionamiento Verifactu. Este es un sistema voluntario de remisión automática de los registros de facturación a la AEAT. En ese sentido, puede causar cierta confusión el hecho de que tanto en Verifactu como la factura electrónica haya un envío de un archivo informático a la AEAT. Sin embargo, su estructura será diferente, como también los fines son distintos. En el caso de la factura electrónica, lo primero que se persigue es la morosidad; en el de Verifactu, el objetivo es la lucha contra el fraude.
2026: ¿La gran fecha para las pequeñas empresas?
Hay algo claro: 2026 debe ser el año de las primeras obligaciones con el software de facturación antifraude. Por el contrario, con la factura electrónica obligatoria en relaciones B2B todo parece distinto, ya que se acumulan algunos retrasos.
Sin embargo, en la práctica, lo normal es que muchos hayan hecho sus deberes con antelación. Para entonces, la mayoría estarán más que acostumbrados a lo que podemos llamar la nueva factura (producto de las modificaciones de las leyes Antifraude y Crea y Crece).
¿Y después de 2026?
Como hemos comentado, aún no se han publicado los textos definitivos, pero sí podemos ir vislumbrando el camino, que estará marcado, si no hay cambios, por los siguientes hitos:
- El primero será la publicación del Real Decreto y, tras él, la de la orden ministerial que lo desarrolle.
- Una vez pase un año de publicada la orden ministerial, entra en vigor el Real Decreto. Desde ese momento, los que tengan más de ocho millones de euros anuales de facturación deberían cumplir con todas las obligaciones que marcará el reglamento. Las más importantes son las relativas a emisión y recepción de facturas en formato electrónico en relaciones B2B y a la información sobre estados de facturación.
- Dos años después de la publicación de la orden ministerial, sería obligatorio emitir y recibir facturas electrónicas en relaciones B2B para los que tienen menos de ocho millones de euros de facturación.
- Tres años después de la publicación de la orden ministerial, los que tienen menos de ocho millones de euros estarían obligados a informar sobre estados de facturación.
Por lo demás, la nueva factura será un proyecto vivo en el que irá habiendo cambios y mejoras organizativas, jurídicas y tecnológicas.
Nota del editor: Contenido actualizado a 4 de diciembre de 2025 e incorporando el aplazamiento oficial de Verifactu a 2027 y las últimas novedades del reglamento de software de facturación.
¿Tu software ya está preparado para Verifactu 2027?
✅ El calendario cambia y la entrada obligatoria se aplaza a 2027, pero la oportunidad de profesionalizar tu facturación sigue ahí.
Y aquí tienes una ventaja: en Sage hemos sido los primeros en certificar nuestras soluciones con Verifactu, garantía de que ya trabajas con un software verdaderamente adaptado a la Ley Antifraude.