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Ocho deducciones que no tendrás en tu borrador de la Renta 2016

calendario laboral 2018

Muchos trabajadores y autónomos ya han recibido su borrador o lo han consultado a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Especialmente si nos sale favorable, podemos estar muy tentados a confirmarlo y que nos paguen cuanto antes, pero antes de hacerlo conviene revisarlo exhaustivamente para ver algunas deducciones que no se incluyen en el borrador de la Renta 2016.

Este año, los autónomos y profesionales ya no tienen el programa PADRE y a cambio tendrán que utilizar Renta Web, un caramelo que puede estar envenenado si no lo repasamos a fondo. Además, si queremos que sea la propia Agencia Tributaria la que nos ayude a realizar la declaración, hasta el 11 de mayo no se inicia el plazo, por lo que los más impacientes acaban por gestionarlo ellos mismos.

Algunos olvidos frecuentes de datos en el borrador de la Renta 2016

Por supuesto, aunque la propia Agencia nos haya pasado nuestros datos fiscales o económicos, tenemos que contrastarlos con nuestros certificados de empresa. Las cuentas del banco, la vivienda y sus referencias catastrales, etc. Esto suele estar bien, pero hay veces que, por ejemplo, la deducción por vivienda no aparece. Además, otros que no suelen estar:

1. Variaciones en la situación familiar

Donde muchas veces el nacimiento de un hijo o la muerte de un ascendiente que vivía con nosotros no está correctamente reflejada. A tener en cuenta también el caso en el que se pasa a ser familia numerosa o hay algún menor con minusvalía, algo que supone importantes deducciones.

Además, en muchos casos, se ha podido solicitar recibirla de forma anticipada. De esta manera, lo que no podemos hacer es, si ya hemos recibido cien euros cada mes, después aplicar en la Renta la deducción de 1.200 euros que correspondería. También hay que revisar si se imputa a un progenitor o a ambos.

2. Afiliación sindical y donativos

Este es otro de los clásicos que ningún año viene reflejado en el borrador. Si estamos afiliados a un sindicato o hemos realizado alguna donación, tenemos derecho a deducirnos dichas cantidades que no suelen aparecer. Obviamente, todas las cantidades deben estar justificadas documentalmente.

3. Planes de pensiones

Si tenemos contratado un plan de pensiones, tenemos que revisar que las cantidades que hemos ingresado estén reflejadas correctamente. Hay que tener en cuenta que, si no realizamos ingresos periódicos, puede que sea más complicado saber cuánto ha ido a nuestro plan de ahorro.

4. Deducciones autonómicas

Cada comunidad autónoma tiene diferentes deducciones que afectan al tramo del impuesto cedido. Pueden ser diferentes en cada autonomía e incluyen aspectos variados como alquiler o compra de vivienda, gastos en seguros, gastos escolares, minusvalías, etc. Por ello, es fundamental contrastar con el manual de la Renta para saber a qué deducciones tenemos derecho.

5. La subvención del plan PIVE

Si nos hemos comprado un nuevo vehículo, hay que incluir la parte estatal del Plan PIVE. Del total de la subvención, pongamos 1.500 euros, la mitad suele correr por cuenta del concesionario pero la otra mitad es del Gobierno. Cuando llega la hora de la declaración, hay que incluir estos 750 euros como incremento patrimonial en nuestra declaración de Renta.

6. Compra venta de acciones

Lo mismo que ocurría con los planes de pensiones, si hemos realizado compra venta de acciones puede que no todos los datos estén correctamente reflejados. Lo mismo ocurre con los fondos de inversión. Muchas veces la Agencia Tributaria sabe cómo las hemos vendido pero no dispone de los datos de compra, por lo que no se puede calcular la plusvalía correspondiente.

7. Las actividades económicas no se incorporan automáticamente al borrador

A pesar de que se ha hecho mucho énfasis en que este año los autónomos si tienen borrador, lo cierto es que no deja de ser algo similar a lo que ya existía. Por ejemplo, para un autónomo en pluriactividad, que también trabaja por cuenta ajena, se incorporan los datos facilitados por la empresa, pero los de actividades económicas no.

8. Gastos del autónomo

Siguiendo con el ejemplo anterior hay que tener en cuenta que muchos de los gastos del autónomo que son deducibles no constarán. Aquí hay una gran variedad, desde seguros de vida a cualquier otro gasto afecto a su actividad económica. Un ejemplo son los bienes corrientes, gastos de personal, impuestos, gastos financieros, pérdidas por deterioro o gastos de viaje.

En definitiva lo cierto es que si no es una declaración muy sencilla lo ideal es ponerse en manos de un experto. De esta manera seguro que sí facilitamos toda la información y no se nos pasa nada. Además posiblemente tengamos alguna deducción que no hemos aplicado por desconocimiento y que hará que el borrador nos sea más favorable.