Estrategia y Gestión

Las cinco principales novedades empresariales que nos trajeron los decretos del Gobierno

Sage

Describimos las principales medidas aprobadas mediante el empleo de reales decretos leyes durante el período preelectoral.

  • El permiso por paternidad llegará a las 16 semanas en 2021
  • Las empresas deben tener muy presentes las nuevas obligaciones de control horario

El período preelectoral ha traído consigo algunos decretos leyes que han ido dejando diferentes novedades legales de aplicación general, que se han centrado en el ámbito laboral. No obstante, tras las elecciones se abren negociaciones que pueden traer novedades adicionales en los próximos meses.

Es importante, por tanto, estar pendientes de cómo se orienta a medio plazo el marco no solamente laboral, sino también fiscal, mercantil y de otras áreas de la legislación. En todo caso, de momento, aunque ha habido muchas medidas, las de mayor impacto empresarial han sido las siguientes.

Planes de igualdad

  • Anteriormente, eran obligatorios para empresas de más de 250 trabajadores. Ahora, aunque se establece un régimen transitorio para la adopción de las nuevas obligaciones en función del tamaño de la empresa, esa cifra se reduce a 50 empleados.
  • Además, se aclara que pueden coexistir planes de igualdad referidos a la totalidad de la empresa (que son obligatorios) con otros especiales referidos a centros de trabajo.
  • Por otro lado, se crea un Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, en el que obligatoriamente se deben inscribir los planes.

Igualdad de remuneración por razón de sexo

  • Queda conceptuado que un trabajo tiene igual valor que otro (y, por tanto, debe pagarse igual, sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo) cuando la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes.
  • Las empresas deben registrar tablas salariales por sexo que deben quedar a disposición de los representantes de los trabajadores. En concreto, se informará sobre los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.
  • En las empresas con al menos 50 trabajadores, cuando el promedio de las retribuciones a los trabajadores de un sexo sea superior a los del otro en un veinticinco por ciento o más debe incluirse en el registro de las tablas salariales una justificación.

Adaptaciones de la jornada de trabajo

  • Entre las adaptaciones que pueden solicitar los trabajadores para conciliar su vida familiar con la laboral se incluyen las relativas a la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia.
  • Cuando se tiene hijos, el derecho a solicitar adaptaciones de la jornada de trabajo llega hasta que cumplan doce años.
  • Los términos en los que se efectuarán las adaptaciones se pactarán en la negociación colectiva. En ausencia de este tipo de acuerdos, la empresa y la persona afectada tienen 30 días desde la solicitud para llegar a un acuerdo. Finalizado dicho plazo, la empresa manifestará por escrito su decisión. Las discrepancias se resolverán en la jurisdicción social.

Permiso por paternidad

  • Se amplía progresivamente (hasta llegar a su equiparación con el de la madre en 2021) el permiso de paternidad.
  • La ampliación del permiso de paternidad llegará a las 8 semanas en 2019, las 12 en 2020 y las 16 en 2021.
  • El período de disfrute del permiso por paternidad incluirá obligatoriamente las primeras semanas posteriores al parto, a razón de 2 semanas a partir de 2019, 4 en 2020 y 6 a partir de 2021.

Registro de la jornada de trabajo

  • Las empresas deben registrar el horario de inicio y fin de la jornada laboral de cada trabajador.
  • La organización y documentación del registro se realizará conforme a lo acordado en la negociación colectiva o acuerdo de empresa y, en su defecto, mediante decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores.
  • La empresa debe conservar los registros durante cuatro años para que estén a disposición de los trabajadores, sus representantes y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Por otro lado, además de estas cinco principales medidas generales hay un conjunto de medidas más sectoriales que afectan a sectores como turismo, agricultura, empleo del hogar, etc. así como otras que afectan indirectamente a las empresas como, por ejemplo, las relacionadas con las prestaciones de la Seguridad Social que puedan percibir sus trabajadores.

En conjunto, podemos decir que las reformas de las semanas preelectorales tuvieron como protagonista la normativa laboral y, en especial, los aspectos relacionados con la igualdad entre hombres y mujeres.