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Los grupos de empresa y su tratamiento contable y fiscal

Los grupos de sociedades consolidan sus cuentas y pueden acogerse al régimen de consolidación fiscal. Conoce todos los detalles.

Sage

La legislación mercantil establece el concepto de grupos de sociedades para reflejar las situaciones en las que una determinada empresa participa en otras sociedades o tiene su control.

  • Te explicamos qué es un grupo de sociedades y su tratamiento contable y fiscal.
  • No es lo mismo un grupo de sociedades que un grupo fiscal. Te explicamos las diferencias.

Al darse unas condiciones especiales en las operaciones mercantiles entre las empresas del mismo grupo empresarial, los grupos de sociedades tienen un tratamiento contable y fiscal diferente.

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¿Qué es un grupo de sociedades?

Según el artículo 42 del Código de Comercio, existe un grupo de sociedades cuando una sociedad ostente o pueda ostentar, directa o indirectamente, el control de otra u otras. Se presumirá que existe control cuando una sociedad dominante, se encuentre en relación con otra sociedad dependiente, en alguna de las siguientes situaciones:

  • Posea la mayoría de los derechos de voto.
  • Tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración.
  • Pueda disponer, en virtud de acuerdos celebrados con terceros, de la mayoría de los derechos de voto.
  • Haya designado con sus votos a la mayoría de los miembros del órgano de administración, que desempeñen su cargo en el momento en que deban formularse las cuentas consolidadas y durante los dos ejercicios anteriores. Se presumirá esta circunstancia cuando la mayoría de los miembros del órgano de administración de la sociedad dominada sean miembros del órgano de administración o altos directivos de la sociedad dominante o de otra dominada por esta.

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Tratamiento contable del grupo empresarial

Las operaciones entre las empresas que pertenecen al mismo grupo empresarial tienen un tratamiento contable diferente al que se aplica en las transacciones contables entre sociedades sin ninguna dependencia. Esto es así, al tratarse de operaciones vinculadas.

Las empresas que pertenecen a un grupo empresarial han de elaborar y presentar, además de sus cuentas individuales correspondientes, unos Estados Financieros consolidados como si fueran una única unidad económica.

Las cuentas anuales consolidadas se componen de los siguientes documentos:

  • Balance de Situación consolidado.
  • Cuenta de Pérdidas y Ganancias consolidada.
  • Estado de Cambios en el Patrimonio Neto consolidado.
  • Estado de Flujos de Efectivo consolidado.
  • Memoria consolidada.

Tratamiento fiscal del grupo de sociedades

Los grupos empresariales están obligados a presentar sus cuentas anuales consolidadas. Esto repercute en el tratamiento fiscal de los beneficios o pérdidas que obtengan dichas sociedades, si se acogen al régimen de consolidación fiscal.

La aplicación del régimen de consolidación fiscal es voluntaria, siendo suficiente un acuerdo de todas y cada una de las sociedades que integran el grupo fiscal.

Lo que se pretende con este sistema es que el grupo tenga un tratamiento fiscal como si fuera un único contribuyente. Así, se evitará que las operaciones entre empresas del mismo grupo alteren el resultado fiscal de unas sociedades, con respecto a otras.

El régimen de consolidación fiscal implica que las distintas sociedades que integran un grupo fiscal se consideren a efectos del Impuesto sobre Sociedades como un sujeto pasivo único. El grupo tributará por la suma de bases imponibles de todas las sociedades que lo integran, permitiendo compensar de forma automática los beneficios y pérdidas obtenidas por las distintas sociedades del grupo.

No es lo mismo un grupo de sociedades que un grupo fiscal

El grupo fiscal es un régimen especial y más restringido que el de grupo de sociedades.

El grupo fiscal se define en el artículo 58 de la Ley del Impuesto de Sociedades, estando constituido por una sociedad dominante y sus dependientes. Deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser sociedades anónimas, limitadas o comanditarias por acciones, así como determinadas fundaciones bancarias.
  • Ser residentes en territorio español.
  • No estar exentas del impuesto de sociedades.
  • No haber sido declaradas en situación de concurso o incursas en el supuesto de desequilibrio patrimonial por pérdidas que reduzcan su patrimonio neto a menos de la mitad del capital social. A menos que se supere esta situación en el ejercicio en que se aprueben las cuentas.
  • Tener el mismo tipo de gravamen que la entidad dominante del grupo fiscal.
  • Tener el mismo ejercicio social o poder adaptarse al de la entidad representante.
  • Actuar como grupo consolidado.

Tendrá la consideración de entidad representante del grupo fiscal:

  • La entidad dominante cuando sea residente en territorio español, o
  • aquella entidad del grupo fiscal que este designe cuando no exista ninguna entidad residente en territorio español que cumpla los requisitos para tener la condición de dominante.

¿Cuáles son las obligaciones y responsabilidades tributarias derivadas del régimen de consolidación fiscal?

  • Las sociedades que se integren en el grupo fiscal dejarán de tributar en el régimen individual. Entendiéndose por este aquel que le correspondería a cada entidad, en caso de no ser de aplicación el régimen de consolidación fiscal.
  • El grupo fiscal tiene la consideración de contribuyente. La entidad representante del grupo fiscal estará sujeta al cumplimiento de las obligaciones tributarias, materiales y formales que se deriven del régimen de consolidación fiscal.
  • Las actuaciones administrativas de comprobación o investigación realizadas frente a cualquier entidad del grupo fiscal, con el conocimiento formal de la entidad representante del mismo, interrumpirán el plazo de prescripción del Impuesto sobre Sociedades que afecta al citado grupo fiscal.
  • Las entidades del grupo fiscal responderán del pago de la deuda tributaria, excluidas las sanciones.

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Nota del editor: Este artículo fue publicado con anterioridad y actualizado a 2023 por su relevancia.