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Cómo incorporarse voluntariamente al Suministro Inmediato de Información (SII): ventajas e inconvenientes

Sage

La implantación del Suministrio Inmediato de Información (SII) puede realizarse de manera voluntaria, si las ventajas superan a los inconvenientes.

  • Hay que tener en cuenta que hay que solicitarlo antes del 30 de noviembre.
  • Antes de dar el paso, es preciso valorar las ventajas e inconvenientes de incorporarse al SII.

La digitalización de la Agencia Tributaria avanza a paso firme con el SII, el sistema de gestión del IVA basado en el Suministro Inmediato de Información, en vigor desde el pasado 1 de julio de 2017.

Recordemos que con la implantación del SII las empresas están obligadas a informar a la Agencia Tributaria a través de la sede electrónica de la AEAT, de forma casi inmediata, de todos sus movimientos y operaciones relacionadas con las facturas emitidas y recibidas, los bienes de inversión, así como otras operaciones intracomunitarias. Es decir, están obligadas a suministrar la información que contienen los Libros Registro del IVA, además de algunos datos adicionales.

Actualmente, el SII es obligatorio para las empresas inscritas en el Régimen de Devolución Mensual, para las grandes empresas, así como para los sujetos en Régimen especial de Grupo de entidades.
El próximo paso será la entrada en vigor el 1 de enero de 2019 del nuevo sistema de llevanza de libros registro del IGIC, basado en el Suministro Inmediato de Información.

Sin embargo, a pesar de que hay que tener en cuenta algunos inconvenientes, el SII también tiene sus ventajas, por lo que hay empresas que deciden incorporarse voluntariamente sin estar obligadas a implantarlo. Para estas empresas, noviembre es un mes importante en su calendario fiscal, ya que aquellas que voluntariamente quieran optar o renunciar al Suministro Inmediato de Información (SII) deben presentar el modelo 036 con la opción o renuncia por la llevanza electrónica de los libros registro, así como la comunicación de la opción o renuncia por la facturación de los destinatarios de las operaciones o terceros.

Ventajas del Suministro Inmediato de Información (SII)

El SII conlleva para el contribuyente las siguientes ventajas:

  • Reducción de las obligaciones formales, suprimiendo la obligación de presentación de los modelos 347, 340 y 390.
  • Obtención de “Datos Fiscales”, ya que en la Sede electrónica dispondrá de un Libro Registro “declarado” y “contrastado” con la información de contraste procedente de terceros que pertenezcan al colectivo de este sistema.
  • Acceso a la información de las facturas incluidas en los Libros registros de sus clientes y/o proveedores que apliquen el SII.
  • Al disponer de los datos fiscales, es más fácil la elaboración de la declaración, reduciendo errores y permitiendo una simplificación y una mayor seguridad jurídica.
  • Ampliación en diez días del plazo de presentación de las autoliquidaciones periódicas mensuales.
  • Reducción de los plazos de realización de las devoluciones, al disponer la AEAT de la información en tiempo casi real y de mayor información sobre las operaciones.
  • Reducción de los plazos de comprobación, por los mismos motivos anteriores.
  • Disminución de los requerimientos de información, ya que muchos de los requerimientos actuales tienen por objeto solicitar las facturas o datos contenidos en las mismas para comprobar determinadas operaciones.

Inconvenientes del Suministro Inmediato de Información (SII)

Por el contrario, el SII también tiene algunas desventajas o inconvenientes, entre las que podemos destacar las siguientes:

  • Reducidos plazos para la comunicación de los datos.
  • Existencia de sanciones, si no se presentan las facturas en los plazos establecidos.
  • Necesidad de contar con un software compatible con la plataforma de la Agencia Tributaria.
  • Necesidad de formación del personal administrativo para su utilización.
  • Una mayor carga administrativa para la empresa.

Recuerda que si las ventajas de la implantación del SII superan a los inconvenientes tienes hasta el 30 de noviembre para solicitar la incorporación voluntaria de tu empresa. Asimismo, si tienes problemas de adaptación por el software que utilizas, las soluciones de gestión de Sage son compatibles con el SII.

Suministro Inmediato de Información (SII)

La nueva versión del SII 1.1 se puso en marcha en julio de este año, mientras que el 1 de enero de 2019 entrará en vigor en las Islas Canarias. No te pierdas ninguna novedad.

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