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¿Cómo solicitar las ayudas gubernamentales por daños por la DANA?

Te enseñamos cómo pedir las ayudas gubernamentales por la DANA, cuáles son sus canales, procedimientos y plazos.

Mujer revisando cosas en su tablet

Describimos cuáles son las principales categorías de ayudas para hacer frente a los efectos de la DANA. Te explicamos cuáles son los canales y procedimientos para su obtención y qué plazos tienes para hacer las solicitudes.

  • Junto a las ayudas procedentes del sector privado y las indemnizaciones, las ayudas públicas son uno de los grandes puntos de apoyo que pueden buscar pymes y autónomos.
  • Se han previsto algunos cauces para agilizar la obtención del dinero de algunas líneas de ayuda, en especial a través de avales para disponer de financiación privada.

Muchas pymes y autónomos se preguntan estos días cómo pedir ayudas por la DANA. El hecho es que existen varias categorías de apoyos por parte del sector público y se gestionan de forma diferente y ante unos cuantos organismos distintos. 

Por ello, lo esencial es permanecer bien informado desde el principio. Solo así será posible conocer los recursos financieros con los que se podrá afrontar el futuro y tomar decisiones para esta nueva etapa. 

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¿Qué tipo de ayudas existen por la DANA y dónde se gestionan?

Aunque la casuística es muy variada y puede ir ampliándose con el tiempo, dentro del campo de las ayudas del sector público, pueden diferenciarse los siguientes puntos principales de atención:

  • Las haciendas estatales, autonómicas y locales. Ante ellas, podrás tramitar solicitudes de aplazamientos, fraccionamientos o la posibilidad de contar con beneficios fiscales. Además, la Agencia Tributaria es la encargada de gestionar la línea de ayudas directas.
  • La Seguridad Social es la que tramita medidas como, entre otras, las prestaciones por cese de actividad (a través de las mutuas colaboradoras), los aplazamientos de cotizaciones y también algunas solicitudes relacionadas con los trabajadores.
  • Las diferentes modalidades de ERTE tienen dos etapas. En la primera, tendrás que presentar la solicitud ante la autoridad laboral. Después, acudirás al SEPE
  • En el ICO, podrás tramitar los avales. En una de sus modalidades, estos podrán llegar al 80 % de la financiación que tenga como finalidad adelantar las indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros. Además, hay otra modalidad que facilitará la renovación de los bienes de equipo y la disposición de liquidez.
  • Las ayudas agrarias tendrán varios focos. Determinadas labores en el terreno, las debe realizar TRAGSA. También habrá líneas de ayudas del ministerio, avales de SAECA, apoyo logístico por MERCASA, etcétera. Además, ENASA se encargará de tramitar las ayudas extraordinarias para compensar la pérdida de renta en las explotaciones agrarias afectadas.
  • Habrá que estar pendientes de las líneas de subvención que convocarán diferentes organismos. Pueden ir dirigidas a sectores concretos, a cubrir pérdidas, a la realización de inversiones, a nuevos avales, etcétera.

Aunque existen unos pocos focos principales de atención, serán muchos los convocantes de ayudas, en especial por parte de ministerios, autonomías, entidades locales y sus organismos dependientes.

Cómo obtener las ayudas gubernamentales por los estragos de la DANA

Existen varios tipos de procedimientos para disfrutar de una ayuda pública para afrontar los efectos de la DANA. Los principales son los siguientes:

  1. Lo más frecuente es que tengas que realizar una solicitud ante alguno de los organismos anteriormente citados. Tras ella, puede haber un plazo (algunas veces indeterminado) para que la Administración valore tu situación y te envíe una resolución. Si no estás de acuerdo, podrás presentar un recurso administrativo (ante la propia Administración) y, si no te convence su respuesta, podrás, después, interponer un recurso contencioso administrativo (ante jueces o tribunales de justicia). 
  2. Algunas medidas pueden disfrutarse sin necesidad de solicitud. Un ejemplo de ello es la moratoria del pago de los préstamos de programas industriales.
  3. Un punto intermedio se da cuando sí tienes que presentar una solicitud, pero te eximen, de momento, de tener que documentar todo lo que te permite acceder a la ayuda. Por ejemplo, en la prestación por cese de actividad no deberás demostrar ahora que te es imposible desarrollar la actividad. Sin embargo, sí que se prevé que el órgano gestor pueda requerirte la información correspondiente a partir del 1 de mayo de 2025.
  4. En otros casos, hay cambios de normas que te permitirán realizar trámites en condiciones ventajosas en un futuro. Por ejemplo, los beneficios fiscales tendrás que aplicarlos en las correspondientes declaraciones o autoliquidaciones que vayas presentando más adelante.

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Cuáles son los canales para solicitar las ayudas de la DANA para pymes y autónomos

Aunque cada tipo de ayuda tendrá sus propios canales, los más frecuentes serán:

  • La tramitación telemática. En la actualidad, es la forma más extendida. Exige disponer de algún mecanismo que permita tu identificación, como el sistema Cl@ve, el certificado electrónico o el DNI electrónico.
  • Algunos organismos, han habilitado líneas telefónicas de atención. Por ejemplo, la AEAT ha dispuesto el 91 757 58 00 para atender dudas.
  • También existen canales presenciales de atención. En ocasiones, estos sirven para orientar o asistir a los afectados en la realización del trámite, pero también pueden ser un medio para gestionar la solicitud y tramitación de algunas ayudas.

En todo caso, debes tener en cuenta la opción de que alguien te represente. Una posibilidad es que sea un asesor o gestor profesional que realice los trámites en tu nombre. Además de realizar esta gestión, podrá ofrecerte consejo y orientación sobre todos los procedimientos, documentación, requisitos, etcétera.

¿Cuáles son los plazos para pedir las ayudas por la DANA?

Como es lógico, cada ayuda tiene sus propios plazos. Aunque existen muchos, destacan los de las ayudas directas que gestiona la AEAT, podrán solicitarse entre el 19 de noviembre y el 31 de diciembre de 2024.

De todos modos, es importante tener en cuenta que esos no serán necesariamente los plazos de pago. Está previsto que estos comiencen el 1 de diciembre, pero no se establece una fecha tope. Ahora bien, pasados tres meses del fin del plazo para presentar la solicitud, si no has recibido el pago, puedes entender que se te ha denegado y tendrás la opción de presentar recursos administrativos.

Finalmente, hay que tener en cuenta que hay que permanecer atentos a las novedades que vayan surgiendo. Es habitual que las normas dictadas para afrontar una catástrofe vayan teniendo modificaciones.