Calendario del contribuyente 2026: Todas las fechas e impuestos a tener en cuenta
Descubre el calendario fiscal 2026 con fechas clave y novedades tributarias. Prepárate para cumplir con Hacienda sin sobresaltos.
¿Sabes cuándo debes presentar cada impuesto en 2026? En este artículo actualizado encontrarás el Calendario Fiscal 2026 con todas las fechas clave, modelos tributarios y novedades fiscales más relevantes. Ideal para pymes, autónomos y asesores fiscales que quieren planificar con antelación y evitar sanciones.
- La campaña de la Renta 2025 se presenta en 2026 y con carácter general, del 1 de abril al 30 de junio de 2026.
- El calendario del contribuyente 2026 viene marcado por importantes cambios normativos que afectan directamente a autónomos, pymes y asesores fiscales:
- Obligatoriedad del software de facturación certificado (antifraude)
- Desarrollo definitivo del reglamento de la factura electrónica B2B
- Cambios en el régimen de módulos y en la posible franquicia del IVA
El calendario del contribuyente 2026 es una herramienta esencial para que pymes, autónomos y asesores fiscales gestionen sus obligaciones con Hacienda de forma eficiente y sin imprevistos.
Entre sus principales beneficios destacan:
- Facilita la planificación fiscal, permitiendo anticipar la presentación de impuestos, facturas y nóminas.
- Reduce el riesgo de sanciones y recargos, al tener siempre controladas las fechas límite.
- Mejora la organización interna y la colaboración entre empresas y asesores fiscales.
Un asesor fiscal puede optimizar significativamente su trabajo si integra el calendario fiscal dentro del flujo de gestión contable de sus clientes, ya que permite anticipar cargas de trabajo, controlar la documentación necesaria y prever los pagos de impuestos con mayor precisión.
COMPARTE ¿Sabes cuándo debes presentar cada impuesto? Descubre el calendario fiscal 2025 con todas las fechas clave para autónomos y empresas.
CONTENIDO DEL POST
Calendario Fiscal 2026
DESCARGA DE MODO GRATUITO
Tu versión del calendario en formato PDF y Outlook:
- Modelos de impuestos más comunes.
- Novedades destacadas en los modelos tributarios.
- Fechas límites de presentación.
- Recomendaciones para la presentación de modelos.
Novedades fiscales del calendario del contribuyente 2026
Entre las novedades fiscales que encontraremos en el calendario del contribuyente para 2026, podemos destacar tres:
- Lareforma del software antifraude sigue su curso. Los productores y comercializadores deberán tener adaptadas sus soluciones antes del 29 de julio. Incluso Verifactu podría dar sus primeros pasos. En todo caso, parece que va a haber una reforma del reglamento Verifactu que retrase, para los empresarios o profesionales usuarios, la obligación de emplear software certificado hasta 2027.
- En facturación electrónica B2B, estaremos atentos a la publicación del reglamento. Marcará requisitos y fechas.
- También se sigue pendiente del futuro del sistema de módulos y del régimen de franquicia del IVA. Ambos son importantes para los emprendedores de menor tamaño. En el caso del régimen de módulos, se siguen prorrogando los límites antiguos, pero es probable que se hable de cómo debe quedar en el futuro. Con respecto al sistema de franquicia del IVA, las negociaciones todavía no han dado fruto.
Fechas importantes en el calendario del contribuyente 2026
El año completo es como un itinerario en el que hay que marcar paradas intermedias. Cada mes, hay que cubrir diferentes obligaciones para las que asesores y clientes deben estar en perfecta armonía.
Enero, inicio del calendario fiscal 2026
El primer mes del año es especialmente intenso en cuanto a presentación de modelos. Estas son las fechas que no debes pasar por alto:
Hasta el 20 de enero
Presentación de modelos periódicos correspondientes al cuarto trimestre de 2025 (o mensuales, en el caso de grandes empresas):
- Modelo 111 – Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo y actividades económicas.
- Modelo 115 – Retenciones por arrendamientos de inmuebles urbanos.
- Modelo 123 – Retenciones sobre determinados rendimientos del capital mobiliario.
Hasta el 30 de enero
- Modelo 303 – Autoliquidación del IVA del cuarto trimestre.
- Modelo 390 – Resumen anual del IVA.
- Modelo 349 – Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
- Modelo 130 / 131 – Pagos fraccionados del IRPF (estimación directa y objetiva).
Hasta el 31 de enero
Presentación de resúmenes anuales de retenciones y otras declaraciones informativas:
- Modelo 180 – Resumen anual de retenciones sobre arrendamientos.
- Modelo 190 – Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta.
- Modelo 184 – Declaración anual de entidades en régimen de atribución de rentas.
Consejo para asesores y empresas: Enero es uno de los meses con mayor carga de trabajo tributaria. Es fundamental automatizar procesos y planificar las presentaciones con antelación para evitar errores y sanciones.
Febrero, modelo 347 y opciones censales
En febrero, tenemos un gran protagonista: el modelo 347, que puede presentarse hasta el día 29. Se trata de una declaración informativa en la que se declaran todas las personas físicas o jurídicas con las que se hayan hecho operaciones durante el ejercicio anterior por importe superior a 3.005,06 euros.
También se presenta en febrero la opción o renuncia a la opción para el cálculo de los pagos fraccionados del impuesto sobre Sociedades sobre la parte de base imponible del período de los tres, nueve u once meses de cada año natural. Lo haremos a través de una declaración censal (modelo 036). El plazo también vence el día 29 de febrero.
Recomendación fiscal: Es importante revisar bien los datos del modelo 347, ya que deben coincidir con los declarados por los terceros implicados. Cualquier discrepancia puede dar lugar a requerimientos o comprobaciones por parte de Hacienda.
Abril, toca declaración de la Renta
Abril es ya el mes en el que comienza la presentación de la declaración de la Renta. Este año 2026:
- La campaña comienza el día 1. Desde entonces, se podrá cumplimentar el modelo 100 por internet.
- El plazo vencerá el 30 de junio.
- Si da a ingresar y se domicilia el pago, la fecha tope será el 25 de junio.
Además, hasta el día 20 de abril tienes como límite para presentar:
- Los modelos 111 y 115 del primer trimestre de 2020.
- El modelo 303 (si realiza la presentación trimestral).
- Los modelos 349, 130, 131 y 202.
Hay, por tanto, una acumulación de trabajo significativa. Por otro lado, los que están en el SII presentan el modelo 303 el día 30.
En abril comienza el periodo para presentar la declaración de la Renta y los asesores deben disponer con antelación de toda la información para evitar sobresaltos posteriores a sus clientes.
Mayo y junio, modelo 100 y cierre de campaña del IRPF
En mayo, ya se podrán presentar las declaraciones del modelo 100 a través de entidades colaboradoras y oficinas de la AEAT. Como hemos comentado, si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta, el plazo expira el 25 de junio. El 30 de junio finaliza el plazo de presentación de las declaraciones de la renta y patrimonio.
Aunque ya haya sido presentada, los errores en la declaración de la Renta tienen solución.
Julio, las cuentas anuales
Julio vuelve a ser otro mes de presentación de obligaciones trimestrales e, incluso, anuales. Se tienen que presentar:
- Con el 22 de julio como fecha límite, los modelos 111 y 115, el 130 y 131 o los modelos 303 (salvo los sujetos del SII, que tendrán hasta el 30 de julio) y 349. Normalmente, la fecha tope es el 20, pero cae en sábado en 2026 y, por eso, se produce el traslado.
- Hasta el día 25, tendrás la declaración del impuesto sobre sociedades con el modelo 200, siempre que el período impositivo coincida con el año natural. Esto es debido a que ha de presentarse en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio.
- Finalmente, el día 30 finaliza el plazo para depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil. Esta fecha es la resultante de sumar un mes a la del límite para celebrar junta general ordinaria en las sociedades de capital. Si la junta se hubiese celebrado antes, el plazo también vencería con antelación.
Consejo clave: Julio combina obligaciones trimestrales y anuales. Se recomienda coordinar el trabajo entre el área contable, fiscal y legal para evitar retrasos en la presentación del impuesto de sociedades y el depósito de cuentas.
Octubre, liquidación del IVA
Los meses de agosto y septiembre podríamos decir que son más relajados fiscalmente. Además, muchos obligados tributarios aprovechan para irse de vacaciones y evitar notificaciones de la Agencia Tributaria.
- Ya en octubre, hasta el día 21 tenemos otra vez trimestre, con los modelos 111 y 115, pero también los modelos 130, 131 y el modelo 202 de pagos fraccionados de sociedades. A ellos, tienes que sumar los modelos 303 (si no estás en el SII) y 349del IVA.
Consejo de planificación: Octubre marca la recta final del año fiscal. Es el momento de revisar el estado de ingresos, gastos y pagos adelantados para preparar una correcta optimización fiscal antes del cierre de ejercicio.
Diciembre, el final del calendario del contribuyente 2026
Si has realizado durante el ejercicio económico anterior operaciones con otras partes vinculadas o en los países que Hacienda considera como paraísos fiscales, tendrás hasta que acabe noviembre (si el ejercicio acaba en el año natural) para presentar el modelo informativo 232. La fecha límite habitual es el 30 de noviembre, pero en 2026 cae en domingo, por lo que el plazo se traslada al lunes 2 de diciembre.
Además, tienes hasta el 20 de diciembre para la presentación del modelo 202. Y hasta final de año (31 de diciembre) podrás presentar diversas opciones y renuncias a través de la declaración censal.
Recomendación final: Aprovecha diciembre para cerrar el ejercicio con orden: revisa inventarios, provisiones, regularizaciones y posibles deducciones pendientes. Además, anticipar decisiones fiscales antes del 31 de diciembre puede generar importantes beneficios en la tributación del siguiente año.
Como otros años, el calendario fiscal de 2026 concentra su principal actividad en el primer tercio del año y los meses en los que caen los trimestres.
En todo caso, conviene no apurar plazos para no llevarnos sorpresas y evitar problemas de última hora. Además, es recomendable emplear soluciones informáticas que, como Sage for Accountants ayuden a hacer fluida la relación entre los asesores y sus clientes.
Nota del editor: Este artículo fue publicado con anterioridad y actualizado a 2026 por su relevancia.
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